Qué propone
El Proyecto del Senado 520 buscaba la Ley 101-2017 para obligar a la Oficina de Servicios Legislativos (OSL) a difundir legislaciones de alto interés público en formato de audio. El objetivo era mejorar el acceso a la información para personas con discapacidad visual u otras diversidades funcionales. Afectaría directamente a la OSL en su operación y a la ciudadanía con necesidades de accesibilidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 520 fue en abril de 2025, aprobado en el Senado con en octubre de 2025, pero posteriormente de calendario y devuelto a comisión. En agosto de 2026, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos rindió un segundo , no recomendando su aprobación, y la medida fue .
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Última acción · 21 de agosto de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley para el Acceso Universal a Información Pública en Formatos Accesibles” y establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho de toda persona con diversidad funcional a acceder a la información pública en formatos accesibles y comprensibles, ordenando a todas las entidades gubernamentales y contratistas públicos a cumplir con criterios de accesibilidad en sus publicaciones y divulgaciones oficiales, tanto electrónicas como impresas.
La medida propone crear la "Ley para el Acceso Universal a Información Pública en Formatos Accesibles". Establece como política pública que toda persona con diversidad funcional tiene derecho a acceder a información gubernamental en formatos accesibles. Ordena a todas las entidades gubernamentales y contratistas públicos a cumplir con criterios de accesibilidad en sus publicaciones oficiales, tanto electrónicas como impresas, bajo estándares como WCAG 2.1 y ADA.
Para enmendar los Artículos 1.01, 1.02, 2.01, 2.02, 2.03, 2.04, 2.05, 2.06, 2.07, 2.08, 2.11, 2.13, 2.14, 3.01 y 4.01 de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” a los fines de adoptar el término de “diversidad funcional” y sustituir la palabra “impedimentos” o “impedidos”; conceptos que resultan discriminatorios para esa población; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 321 buscaba enmendar varios artículos de la Ley 158-2015, conocida como la Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos, para sustituir los términos 'impedimentos' o 'impedidos' por 'diversidad funcional'. El objetivo era adoptar un lenguaje que se percibe como más inclusivo y menos discriminatorio para la población con discapacidades.
Para enmendar los Artículos 1.01, 2.02 y 2.06 de la Ley Núm. 158-2015, según enmendada, conocida como "Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a los fines de redenominar dicha entidad; modificar y uniformar el proceso de nombramiento del Consejo Directivo; redefinir el término de duración en el cargo del Defensor(a) de las Personas con Impedimentos; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 607 propone enmendar la Ley 158-2015 para redenominar la Defensoría de las Personas con Impedimentos, modificar y uniformar el proceso de nombramiento del Consejo Directivo, y redefinir el término de duración en el cargo del Defensor(a). Estos cambios afectarían la estructura de gobernanza y liderazgo de la entidad encargada de defender los derechos de las personas con impedimentos en Puerto Rico.
Para enmendar los Artículos 1.2, 2.1, 2.3, 2.4, 2.5, 3.3, 3.4, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5, 4.6, 4.7, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.7, 5.8, 5.10, 7.1 y 7.2 de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de fortalecer la función preventiva y fiscalizadora de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico con miras a continuar fomentando una ética de excelencia; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) para fortalecer sus funciones preventivas y fiscalizadoras. Amplía definiciones clave como 'conflicto de intereses' y 'beneficio', clarifica prohibiciones sobre nepotismo y la intervención de exservidores públicos, y actualiza procedimientos para Comités de Ética y la presentación de informes financieros. Afecta a todos los servidores públicos, la OEG, y la ciudadanía al buscar mayor transparencia y rendición de cuentas.
Para añadir un nuevo Artículo 6 y reenumerar los actuales Artículos 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 respectivamente, como los Artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 15, 16, 17 y 18 de la Ley 101-2017, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, a los fines de crear el “Comité Multisectorial de Transparencia en la Gestión Pública de la Asamblea Legislativa”, como organismo adscrito a la Oficina de Servicios legislativos (OSL); establecer sus poderes y funciones, política pública, composición; facultar para implementar la reglamentación pertinente y los programas piloto de ejecución, así como establecer las responsabilidades de sus miembros, rendir informes y referidos a la Asamblea Legislativa, a los fines de instaurar un mecanismo de evaluación integral sobre los procesos de adopción y cumplimiento de las gestiones, obras y servicios gubernamentales en etapas previas o en curso para su ejecución a través de métricas sencillas y ágiles para monitorear su progreso por representantes designados por los presidentes de ambos cuerpos de la Asamblea Legislativa, así como la academia, las comunidades, juntas o colegios profesionales, el sector privado y de la sociedad civil que participen de este voluntariamente; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa propone enmendar la Ley 101-2017 para crear el "Comité Multisectorial de Transparencia en la Gestión Pública de la Asamblea Legislativa", adscrito a la Oficina de Servicios Legislativos (OSL). El Comité, compuesto por 19 miembros designados por líderes legislativos, academia, sector privado y sociedad civil, evaluará la gestión gubernamental en etapas tempranas de obras y servicios. Su objetivo es instaurar un mecanismo de monitoreo y evaluación continua para mejorar la eficiencia y transparencia, complementando las fiscalizaciones existentes.
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