Para enmendar el inciso (q) del Artículo 3 y el inciso (a) del Artículo 12 de la Ley Núm. 101-2017, a los fines de disponer de manera prospectiva la responsabilidad de la Oficina de Servicios Legislativos de difundir en formato de audio aquellas medidas legislativas de alto interés público presentadas en la Asamblea Legislativa, con el propósito de que sean accesibles a la población con algún grado de discapacidad funcional que así lo requiera; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida legislativa la Ley 101-2017 para ordenar a la Oficina de Servicios Legislativos (OSL) que, de manera prospectiva, difunda las medidas legislativas de alto interés público en formato de audio. El objetivo es hacer esta información más accesible para personas con discapacidades funcionales, dando prioridad a quienes tienen impedimentos visuales. La enmienda se aplica a los artículos 3(q) y 12(a) de la ley base.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PS 520) fue el 8 de abril de 2025 y aprobada con en el Senado el 30 de octubre de 2025. Posteriormente, el 21 de agosto de 2026, una comisión del Senado recomendó no aprobarla, resultando en su rechazo. Este resumen describe el texto radicado del 8 de abril de 2025. El 30 de octubre de 2025 se aprobó con enmiendas, y el texto aprobado todavía no está disponible.
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Última acción · 21 de agosto de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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