Qué propone
El Proyecto del Senado 559 buscaba la Ley Núm. 7 de 24 de julio de 1952 para modificar el orden de sucesión al cargo de Gobernador. Proponía que, en caso de vacante simultánea de los cargos de Gobernador y Secretario de Estado, el Presidente del Senado y luego el Presidente de la Cámara de Representantes asumieran la gobernación, antes de que los Secretarios del Gabinete Constitucional lo hicieran. La medida fue por la Comisión de Gobierno del Senado.
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 559 fue el 22 de abril de 2025 y apareció en Primera Lectura del Senado el mismo día, siendo referido a comisión. El 12 de noviembre de 2025, la Comisión de Gobierno del Senado emitió un , no recomendando su aprobación por considerarla inconstitucional.
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Última acción · 12 de noviembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Articulo 16 de la Ley Núm. 83-2025, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico", a los efectos de suspender de forma inmediata e irreversible el derecho de servicios de escolta, seguridad y protección policial a los ex gobernadores encontrados culpables de delitos relacionados con malversación de fondos públicos, actos de corrupción y otros delitos conexos, incluyendo, pero sin limitarse a felonía, delitos menos grave y grave y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda el Artículo 16 de la Ley Núm. 83-2025, conocida como 'Ley de la Policía de Puerto Rico'. Su propósito es suspender de manera inmediata e irreversible el derecho a servicios de escolta, seguridad y protección policial para exgobernadores que sean encontrados culpables de delitos graves relacionados con malversación de fondos públicos, actos de corrupción o delitos conexos, incluyendo delitos federales equivalentes. Afecta directamente a los exgobernadores y a la Policía de Puerto Rico en la provisión de dichos servicios.
Para enmendar el inciso (b) 1 a la Sección 207 de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, según enmendada, conocida como "Código Militar de Puerto Rico", a los fines de facultar al Gobernador o Gobernadora a ordenar la utilización de equipo, activos y personal de la Guardia Nacional de Puerto Rico a dar poyo a oficiales del orden público en funciones dirigidas a seguridad preventiva en áreas de alta incidencia criminal; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código Militar de Puerto Rico (Ley 62-1969) para facultar al Gobernador a ordenar el uso de equipo, activos y personal de la Guardia Nacional (GN) en apoyo a oficiales del orden público para seguridad preventiva en áreas de alta incidencia criminal. Adicionalmente, permite que el Gobernador autorice a la GN a efectuar arrestos en coordinación con la policía, siempre que el personal de la GN reciba entrenamiento específico para ello del Negociado de Seguridad Pública.
“Para establecer la “Ley para la Protección de los Derechos de Pacientes con Enfermedades Crónicas en Puerto Rico”, a los fines de reconocer y garantizar un marco de derechos fundamentales para esta población; asegurar el acceso continuo, equitativo y digno a servicios de salud; disponer los deberes del Estado en su atención y acompañamiento integral; y para otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 552 proponía crear la "Ley para la Protección de los Derechos de Pacientes con Enfermedades Crónicas en Puerto Rico". Buscaba reconocer y garantizar derechos fundamentales a esta población, asegurar el acceso continuo, equitativo y digno a servicios de salud, y establecer deberes para el Estado en su atención integral. Afectaría directamente a las personas diagnosticadas con condiciones crónicas y a las entidades públicas y privadas que proveen servicios de salud.
“Para crear la “Ley para el Establecimiento de Zonas de Innovación Tecnológica en Municipios con Alta Tasa de Desempleo”, a los fines de promover el desarrollo económico mediante la creación de ecosistemas de tecnología e innovación en regiones económicamente deprimidas; disponer sobre incentivos, alianzas y mecanismos de gobernanza; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 599 buscaba crear la Ley para el Establecimiento de Zonas de Innovación Tecnológica en Municipios con Alta Tasa de Desempleo. Proponía definir y establecer hasta cinco (5) Zonas de Innovación Tecnológica (ZIT) en municipios con desempleo promedio superior al 10% en los últimos tres años. Estas ZIT se enfocarían en concentrar iniciativas tecnológicas, emprendimiento, investigación y servicios digitales, ofreciendo incentivos fiscales y subsidios para empresas y capacitación para empleados. La gobernanza recaería en Juntas Asesoras Locales y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) sería el organismo principal de implementación y reporte.
Para enmendar el Código Político de Puerto Rico de 1902, según enmendado, a los fines de actualizar su redacción y sustituir el lenguaje que hace referencia exclusiva al género masculino en la figura del Gobernador y los Secretarios del Ejecutivo; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Código Político de Puerto Rico de 1902 para actualizar el lenguaje, sustituyendo referencias exclusivamente masculinas en la figura del Gobernador y los Secretarios del Ejecutivo por términos neutrales o inclusivos. También propone reemplazar la frase 'Estado Libre Asociado' por 'Gobierno de Puerto Rico' en dicho código. Estos cambios afectan la redacción de la ley que rige aspectos fundamentales del gobierno, impactando la forma en que se nombran y refieren a los altos funcionarios de la Rama Ejecutiva.
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