Qué propone
La medida buscaba crear el “Registro Nacional de Cuidadores de Puerto Rico” bajo la custodia del Departamento de la Familia. Su propósito era documentar, clasificar y reconocer formalmente a personas que prestan servicios de cuidado a adultos mayores, encamados o con limitaciones funcionales, con el fin de fortalecer la política pública de reconocimiento y profesionalización del trabajo de cuidado. Sin embargo, la medida fue tras determinarse que su propósito ya se cumple con un registro existente.
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida P. del S. 571 fue el Senado de Puerto Rico en abril de 2025. Tras pasar por varias comisiones y recibir informes, la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos rindió un segundo , recomendando no aprobarla por considerarla redundante. La medida fue por su autor en noviembre de 2025.
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Última acción · 12 de noviembre de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley de Apoyo y Certificación de Cuidadores Familiares en Puerto Rico”, a los fines de crear un Registro Oficial de Cuidadores Familiares adscrito al Departamento de la Familia; establecer un programa de capacitación y certificación gratuita; y para otros fines relacionados.
La medida P. de la C. 1093 proponía crear la "Ley de Apoyo y Certificación de Cuidadores Familiares en Puerto Rico". Establecía un Registro Oficial de Cuidadores Familiares adscrito al Departamento de la Familia y un programa gratuito de capacitación y certificación, diseñado conjuntamente por los Departamentos de la Familia y Salud. Estaba dirigida a personas mayores de 21 años que cuidan sin remuneración formal a familiares adultos mayores o con condiciones crónicas, y su inscripción en el registro sería voluntaria y confidencial.
Para crear el “Programa de Formación y Certificación de Cuidadores en Puerto Rico” adscrito al Departamento de Salud; establecer sus objetivos, estructura y requisitos; disponer sobre el otorgamiento de certificados profesionales; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación del Programa de Formación y Certificación de Cuidadores en Puerto Rico, adscrito al Departamento de Salud. Establecería objetivos, estructura y requisitos para la formación y certificación de cuidadores. Busca otorgar certificados profesionales a quienes cumplan con los estándares, afectando directamente a quienes desean ejercer como cuidadores y a las personas que reciben estos servicios.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de situación de la población de cuidadores informales en Puerto Rico, su perfil, retos y necesidades; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 631 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la población de cuidadores informales en Puerto Rico. La investigación debe caracterizar a estos cuidadores, identificar sus retos (físicos, emocionales, sociales, económicos), evaluar su acceso a servicios y programas, analizar el impacto del cuidado en los adultos mayores, estudiar modelos internacionales y proponer recomendaciones para fortalecer políticas públicas. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con sus hallazgos y recomendaciones.
“Para establecer el “Fondo Especial para la Asistencia de Adultos Mayores” como un fondo permanente que tenga la encomienda de sufragar y atender la necesidad de amas de llaves en Puerto Rico de manera que los cuidadores cuenten con un apoyo adicional financiado por el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados. “
La medida propone establecer el "Fondo Especial para la Asistencia de Adultos Mayores" como un fondo permanente. Este fondo será administrado y custodiado por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y se nutrirá con $225,000,000 provenientes de superávits y contribuciones del Departamento de Hacienda. Los fondos se distribuirán a los municipios para sufragar servicios de amas de llaves para adultos mayores, basándose en criterios como población de adultos mayores, necesidad socioeconómica, capacidad administrativa y eficiencia municipal.
Para crear la “Ley de Registro de Personas Adultos Mayores que Vivan Solas y de Personas Encamadas”; disponer sobre su implementación y propósitos; y para otros fines relacionados.
La medida vetada, Proyecto del Senado 94, buscaba crear la 'Ley de Registro de Personas Adultas Mayores que Vivan Solas y de Personas Encamadas'. Su propósito declarado era establecer un registro para que las agencias estatales y municipales conozcan la ubicación de estas personas y así poder ejecutar planes de contingencia ante emergencias. La medida afectaría directamente a la población de adultos mayores que viven solos y a personas encamadas, así como a las agencias gubernamentales encargadas de su protección y respuesta en emergencias.
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