Qué propone
La medida propone desviar la totalidad de los recaudos correspondientes al 1.03% de la contribución sobre la propiedad, actualmente dirigidos al de Puerto Rico, para ser distribuidos directamente a los municipios a partir del año contributivo 2027-2028. La distribución entre los municipios se basaría en la fórmula establecida en el Artículo 405 de la Ley 53-2021, conocida como la 'Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico'. El objetivo declarado es fortalecer la estabilidad fiscal municipal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 20 de octubre de 2025, pasó por primera lectura en el Senado y fue referida a comisión. El 9 de marzo de 2026, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado emitió un , no recomendando su aprobación debido a conflictos legales y fiscales identificados.
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Última acción · 9 de marzo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para autorizar la congelación del excedente sobre la cantidad recaudada durante el AF 2020-2021 por virtud de la contribución sobre la propiedad del 1.03%, y que el exceso relacionado a ese año, cual se conocerá como año base, será distribuido a los municipios de conformidad se establece la Ley Núm. 53-2021, según enmendada, conocida como “Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida autoriza a congelar el monto excedente de la recaudación de la contribución sobre la propiedad al 1.03% que supere la cantidad recaudada en el Año Fiscal 2020-2021. Este año fiscal se designa como el 'año base'. El exceso recaudado sobre esta base será distribuido a los municipios conforme a los mecanismos establecidos en la Ley Núm. 53-2021, según enmendada. Afecta directamente la forma en que se manejan los ingresos adicionales de este impuesto específico y su asignación a los gobiernos municipales.
“Para enmendar los Artículos 7.135, 7.136, 7.148, 7.162 y 8.001 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de establecer una nueva metodología de tributación de la contribución sobre el renglón de inventario; computar la imposición contributiva sobre el valor del costo del inventario vendido a base de un promedio anual; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para modificar la forma en que se calcula la contribución sobre inventario. Propone que la imposición contributiva se base en el valor del costo del inventario vendido, utilizando un promedio anual de dicho costo. Además, otorga al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) la facultad de solicitar información al Departamento de Hacienda sobre sus contribuyentes.
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