Qué propone
El Proyecto del Senado 887 propone la del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para añadir un nuevo Artículo 11-A. Este artículo obligaría al Secretario del DRD a crear, mantener y actualizar un inventario exhaustivo y digital de todos los inmuebles bajo su administración. La medida establece un plazo inicial para completar este inventario, exige informes anuales a la Asamblea Legislativa y su publicación pública, con el fin de facilitar reclamos federales y optimizar la gestión de propiedades.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, diciembre de 2025 y referida a comisión en enero de 2026, recibió un de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado en abril de 2026, desaconsejando su aprobación en su forma actual.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 9 de abril de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 20-A que autorice al Secretario del Departamento de Recreación y Deportes a asignar fondos presupuestarios para gastos de infraestructura, mantenimiento y reparaciones de instalaciones recreativas y deportivas, incluso aquellas no cubiertas por fondos federales; establecer mecanismos para reasignación de excedentes y priorización de necesidades; complementar recursos de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA); y para otros fines relacionados.
Esta medida busca enmendar la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para añadir un nuevo Artículo 20-A. Este artículo autorizaría al Secretario del DRD a asignar fondos presupuestarios, incluyendo excedentes de gastos programáticos o reasignaciones internas (hasta un 10% de fondos programáticos previa aprobación de la OGP), para infraestructura, mantenimiento y reparaciones de instalaciones deportivas y recreativas. Afecta directamente al DRD, su Secretario, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y, en última instancia, a la ciudadanía que utiliza estas instalaciones.
Para enmendar el Artículo 11 de la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de facultar al Secretario del Departamento de Recreación y Deportes a transferir el dominio de inmuebles recreativos y deportivos a entidades privadas o comunitarias bajo ciertas condiciones, con el propósito de aliviar la carga financiera del Estado en el mantenimiento, administración y riesgos asociados a dichas propiedades, eximiendo al Gobierno de responsabilidades futuras; establecer criterios claros para dichas transferencias, incluyendo el beneficio público y el acceso comunitario; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 886 propone enmendar el Artículo 11 de la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para facultar al Secretario del DRD a transferir la propiedad (dominio) de inmuebles recreativos y deportivos a entidades privadas o comunitarias. El objetivo es reducir la carga financiera y los riesgos del Estado en el mantenimiento y administración de estas propiedades, eximiendo al gobierno de responsabilidades futuras, y estableciendo criterios para dichas transferencias como el beneficio público y el acceso comunitario.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.