Qué propone
La Resolución de la Cámara 538 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el marco legal, reglamentario y administrativo que aplica a menores de edad y jóvenes en Puerto Rico. La investigación evaluará los criterios de edad para acceso a servicios, reconocimiento de capacidades, ejercicio de derechos y cumplimiento de responsabilidades, así como la coherencia y consistencia de su aplicación práctica. Afecta a personas menores de edad y jóvenes, y a las agencias gubernamentales que aplican estas normativas.
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Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 538 fue el 12 de enero de 2026 y de Puerto Rico por unanimidad el 29 de junio de 2026, tras pasar por informes de comisión y .
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Última acción · 29 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la política pública que viabilice la entrada del joven a los mercados de empleo; adiestramiento vocacional; la atención preferente a la búsqueda de soluciones a los problemas de la juventud en sus distintas facetas; instituciones públicas y privadas para el tratamiento social de menores; adiestramiento, empleo y rehabilitación vocacional de menores del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; la División de Asuntos Juveniles de la Policía; el Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; programas culturales para jóvenes promovidos por el Instituto de Cultura Puertorriqueña; instituciones gubernamentales y privadas que entiendan con las necesidades e inquietudes de la juventud; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 44 (RC 44) ordena a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la política pública juvenil, abarcando desde el acceso al empleo y adiestramiento vocacional hasta la atención de menores en instituciones públicas y privadas. La medida busca recopilar evidencia a través de vistas, investigaciones y requerimientos de información para formular recomendaciones concretas. Afecta directamente a la juventud en diversas facetas de su desarrollo y a las agencias gubernamentales y privadas que interactúan con esta población.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los lanzamientos, desahucios, terminaciones de arrendamiento, remociones y/o radicaciones de casos de desahucio en vivienda pública, vivienda subsidiada, proyectos financiados bajo el Programa de Créditos Contributivos para Viviendas de Ingresos Bajos (LIHTC, por sus siglas en inglés) y égidas en Puerto Rico; con énfasis particular en las personas adultas mayores, sin excluir a otras poblaciones afectadas; evaluar los criterios, procedimientos y salvaguardas aplicables; examinar los mecanismos de prevención del desplazamiento y la provisión de servicios obligatorios; analizar la imposición de periodos de inelegibilidad para reingreso; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 537 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de lanzamientos, desahucios, terminaciones de arrendamiento y remociones en diversos tipos de vivienda (pública, subsidiada, LIHTC, égidas). La investigación debe evaluar criterios, procedimientos, salvaguardas, mecanismos de prevención de desplazamiento, provisión de servicios obligatorios y la imposición de periodos de inelegibilidad para reingreso, con énfasis en personas adultas mayores. Afecta directamente a la Comisión legislativa encargada, a las agencias y administradores de vivienda, y de forma indirecta a los residentes de estas propiedades.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a la aplicación de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, en casos que involucren menores de edad y su compatibilidad con los derechos constitucionales de los menores; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 504 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la aplicación de la Ley Núm. 54 de 1989 (Violencia Doméstica) en casos que involucren menores de edad. Busca determinar la compatibilidad de dicha aplicación con los derechos constitucionales de los menores y identificar recomendaciones para garantizar su protección.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”, a un año de su aprobación; así como evaluar las acciones realizadas por el Departamento de Salud y demás agencias, instrumentalidades y entidades concernidas para garantizar su cumplimiento; determinar si se han realizado prácticas, tratamientos, intervenciones o procedimientos prohibidos por dicha Ley; evaluar la implementación de programas de educación y sensibilización conforme establece la Ley y cualquier otro asunto relevante a protocolos, reglamentos, órdenes administrativas, mecanismos de supervisión, auditorías y procedimientos de fiscalización, si alguno, que se hayan adoptado; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 785 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”. La investigación evaluará las acciones de agencias, determinará si se han realizado prácticas prohibidas por la Ley 63-2025, y examinará la implementación de programas de educación y sensibilización. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes y, por extensión, al Departamento de Salud y otras agencias concernidas, así como a la ciudadanía al buscar asegurar el cumplimiento de la ley protectora de menores.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 575 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento de la Resolución Conjunta 1-2023. Esta última buscaba establecer un Plan de Emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico. La investigación verificará si las agencias designadas (Departamento de Familia, Educación, Salud Mental, Policía, Vivienda, Negociado de Telecomunicaciones, Instituto de Estadísticas) cumplieron con los plazos y mandatos específicos de la RC 1-2023, incluyendo la creación de planes, campañas educativas, convenios y la radicación de informes.
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