Para enmendar la Sección 1 y la Sección 2 de la Res. Conj. 5-2025 a los fines de reasignar al Municipio de Luquillo la cantidad de treinta mil dólares ($30,000.00), provenientes del balance disponible en la Sección 1 apartado 34 inciso (b) de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012, correspondientes al Distrito Representativo Núm. 36, para llevar a cabo los propósitos que se detallan en dicha Resolución; y para otros fines relacionados.
Qué propone
las secciones 1 y 2 de la Resolución Conjunta 5-2025 para asignar al Municipio de Luquillo $30,000 del balance disponible en la Sección 1, apartado 34(b), de la Resolución Conjunta 92-2012, correspondiente al Distrito Representativo 36. El dinero se destina a construir o mejorar un muro de gaviones para proteger la vivienda del Sr. Julio L. Ortiz Ríos, junto a la Quebrada Juan Martín. Autoriza al municipio a formalizar acuerdos con el residente, contratistas privados y dependencias del Gobierno para realizar la obra. El texto no identifica qué destino anterior de la Resolución Conjunta 5-2025 se sustituye o reduce.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la dinámica histórica de la autonomía municipal en Puerto Rico, donde los municipios, a pesar de las reformas como la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020, siguen dependiendo de asignaciones legislativas para proyectos específicos. Esto refleja la influencia de los alcaldes sobre la Asamblea Legislativa y la persistente centralización de ciertos recursos, a pesar de los esfuerzos por descentralizar el poder.
En qué va
La Cámara aprobó la medida el 13 de noviembre de 2025 y el Senado el 9 de marzo de 2026. Fue aprobada como Resolución Conjunta 27-2026 el 28 de abril de 2026 y rige desde su aprobación.
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Última acción · 28 de abril de 2026
Res. Conj. 27-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para reasignar al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico la cantidad de treinta mil dólares ($30,000.00), provenientes del balance disponible en la Sección 1 apartado 34 inciso (b) de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012, correspondientes al Distrito Representativo Núm. 36, a fin de viabilizar la Construcción de un muro de gaviones, que proteja el hogar adyacente a la Quebrada Juan Martín, del Sr. Julio L. Ortiz Ríos, residente de la Carretera 984 km 1.1 Bo. Juan Martin, Luquillo, Puerto Rico 00773, Distrito Representativo Núm. 36; autorizar el pareo de fondos a ser reasignados; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta 8 (RCC 8) reasigna treinta mil dólares ($30,000.00) de fondos disponibles de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012 al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico. El propósito específico es financiar la construcción de un muro de gaviones para proteger la residencia del Sr. Julio L. Ortiz Ríos en Luquillo, adyacente a la Quebrada Juan Martín. La medida autoriza a la Autoridad de Tierras a suscribir acuerdos para viabilizar este proyecto y permite el pareo de estos fondos con otras fuentes (federales, estatales o municipales). Afecta directamente al Sr. Ortiz Ríos, a la Autoridad de Tierras y, potencialmente, a contratistas privados y otras agencias gubernamentales involucradas en la ejecución.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas la cantidad de ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y seis dólares con ochenta y nueve centavos ($136,836.89), provenientes del balance disponible en la Sección 1, apartado 3, inciso (a) de la Resolución Conjunta Núm. 97-2013, para la construcción de un muro en cemento que controle los deslizamientos que afectan la pista atlética del Complejo Deportivo Bairoa; autorizar la contratación de la obra y el pareo de los fondos reasignados; requerir un informe de liquidación; y para otros fines relacionados.
La R. C. de la C. 405 retira del propósito original de remodelar el Centro de Medicina de la Ciudad los $136,836.89 disponibles y los reasigna al Municipio de Aguas Buenas para construir un muro de cemento que controle los deslizamientos que afectan la pista atlética del Complejo Deportivo Bairoa. Autoriza al Municipio a contratar la obra con entidades privadas, agencias públicas u otros municipios, conforme al Código Municipal y la reglamentación aplicable, y permite parear los fondos con aportaciones particulares, municipales, estatales o federales. Exige que el Municipio informe a la Cámara, dentro de los 90 días después de terminada la obra, el costo final y cualquier balance no utilizado; los fondos solo pueden usarse para el propósito indicado. La resolución dispone que entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas, la cantidad de cien mil (100,000) dólares, provenientes del Inciso e, Apartado 3 de la Resolución Conjunta Núm. 59-2014; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta reasigna $100,000 previamente asignados para un parque de pelota en Aguas Buenas. Los fondos ahora se destinarán a la construcción de un muro de contención en cemento en el Complejo Deportivo de Bairoa para controlar deslizamientos que afectan la pista atlética. La medida autoriza el pareo de estos fondos con otras fuentes (federales, estatales o municipales) y permite la contratación con diversas entidades gubernamentales y privadas para ejecutar la obra. Afecta directamente al Municipio de Aguas Buenas, que recibirá y administrará los fondos, y a los usuarios del Complejo Deportivo de Bairoa, quienes se beneficiarán de una infraestructura más segura.
Para enmendar la Resolución Conjunta 85-2020, a los fines de extender la vigencia y ampliar el alcance del Fondo Rotatorio disponible para otorgar préstamos, líneas de crédito o adelantos a agencias del gobierno central, corporaciones públicas, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico, de forma tal que se pueda continuar agilizando la recuperación y reconstrucción de la infraestructura crítica de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Enmienda las secciones 1, 2, 3, 5 y 6 de la Resolución Conjunta 85-2020. Extiende hasta el 30 de junio de 2027 el Fondo Rotatorio de $750 millones, financiado con fondos gubernamentales no obligados, sobrantes de años anteriores o balances sin usar, y dispone que se mantenga en una cuenta bancaria segregada. Autoriza adelantos para proyectos elegibles de transformación energética bajo programas de FEMA, hasta la cantidad aprobada e incluyendo las porciones federal y local, y para otros proyectos energéticos permitidos por las Guías del Programa, incluso algunos aún no obligados; AAFAF administra los adelantos y Hacienda y AAFAF rinden informes trimestrales a la Junta. Los prestatarios deben reembolsar al recibo de fondos de FEMA u otra fuente permitida y, si FEMA deniega o no paga, reembolsar en 30 días salvo que se apruebe una extensión. El texto final elimina la exclusión expresa de obras FEMA Categoría A o B, recuperación relacionada con CDBG-DR y sobrecostos, aunque conserva el requisito de elegibilidad energética y las Guías del Programa.
Para ordenar a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Municipio de Loíza, llevar a cabo todas las gestiones administrativas requeridas, ya sea por virtud de las leyes o reglamentos aplicables, a los efectos de lograr la obtención de los endosos, la realización de estudios y la identificación de los recursos económicos necesarios para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial para la Comunidad Villa Cañona, en el Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Municipio de Loíza a realizar gestiones administrativas. Estas gestiones incluyen obtener endosos, llevar a cabo estudios e identificar recursos económicos para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial en la Comunidad Villa Cañona, Loíza. Además, exige informes periódicos a las Secretarías de ambas Cámaras Legislativas y autoriza a las agencias a parear fondos de diversas fuentes.
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