Para reasignar al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico la cantidad de treinta mil dólares ($30,000.00), provenientes del balance disponible en la Sección 1 apartado 34 inciso (b) de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012, correspondientes al Distrito Representativo Núm. 36, a fin de viabilizar la Construcción de un muro de gaviones, que proteja el hogar adyacente a la Quebrada Juan Martín, del Sr. Julio L. Ortiz Ríos, residente de la Carretera 984 km 1.1 Bo. Juan Martin, Luquillo, Puerto Rico 00773, Distrito Representativo Núm. 36; autorizar el pareo de fondos a ser reasignados; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución Conjunta 8 (RCC 8) reasigna treinta mil dólares ($30,000.00) de fondos disponibles de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012 al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico. El propósito específico es financiar la construcción de un muro de gaviones para proteger la residencia del Sr. Julio L. Ortiz Ríos en Luquillo, adyacente a la Quebrada Juan Martín. La medida autoriza a la Autoridad de Tierras a suscribir acuerdos para viabilizar este proyecto y permite el pareo de estos fondos con otras fuentes (federales, estatales o municipales). Afecta directamente al Sr. Ortiz Ríos, a la Autoridad de Tierras y, potencialmente, a contratistas privados y otras agencias gubernamentales involucradas en la ejecución.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta 8 fue el 27 de febrero de 2025 y por el Senado el 31 de marzo de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 13 de abril de 2025. La medida fue aprobada sin en ambas cámaras.
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Última acción · 13 de abril de 2025
Res. Conj. 5-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (24)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 1 y la Sección 2 de la Res. Conj. 5-2025 a los fines de reasignar al Municipio de Luquillo la cantidad de treinta mil dólares ($30,000.00), provenientes del balance disponible en la Sección 1 apartado 34 inciso (b) de la Resolución Conjunta Núm. 92-2012, correspondientes al Distrito Representativo Núm. 36, para llevar a cabo los propósitos que se detallan en dicha Resolución; y para otros fines relacionados.
Enmienda las secciones 1 y 2 de la Resolución Conjunta 5-2025 para asignar al Municipio de Luquillo $30,000 del balance disponible en la Sección 1, apartado 34(b), de la Resolución Conjunta 92-2012, correspondiente al Distrito Representativo 36. El dinero se destina a construir o mejorar un muro de gaviones para proteger la vivienda del Sr. Julio L. Ortiz Ríos, junto a la Quebrada Juan Martín. Autoriza al municipio a formalizar acuerdos con el residente, contratistas privados y dependencias del Gobierno para realizar la obra. El texto no identifica qué destino anterior de la Resolución Conjunta 5-2025 se sustituye o reduce.
Para reasignar a las agencias e instrumentalidades públicas y a los municipios, la cantidad de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos setenta y dos dólares (2,792,772) provenientes de las siguientes Resoluciones Conjuntas: RC 18-2017 por la cantidad de quinientos veintisiete mil quinientos veintiséis dólares con cuarenta y dos centavos (527,526.42), RC 66-2018 por la cantidad de quinientos un mil setenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos( 501,075.62), RC 95-2018 por la cantidad de dieciséis mil novecientos sesenta y cinco dólares con veinticinco centavos (16,965.25), RC 124-2018, por la cantidad de cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (44,317.50), la RC 19-2018 por la cantidad de ciento catorce mil ciento treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (114,133.33), RC 14-2019 por la cantidad de trescientos doce mil seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (312,678.57), RC 19-2019 por la cantidad de doscientos cuarenta y cuatro mil diecisiete dólares con seis centavos (244,017.06), RC 100-2019 por la cantidad de ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con sesenta y seis centavos (142,423.66), RC 23-2019 por la cantidad de once mil novecientos diez con tres centavos (11,910.03), RC 9-2020 por la cantidad de doscientos dieciséis
La Resolución Conjunta 48-2026 reasigna $2,792,772 de sobrantes atribuidos a 13 resoluciones conjuntas de 2017 a 2020 para proyectos específicos de agencias, instrumentalidades y municipios. La lista destina, entre otros, $1,258,000 al Programa de Infraestructura Rural de la Autoridad de Tierras, $89,318.95 al Departamento de Educación y cantidades para obras municipales, escolares, recreativas, viales y de servicios. Autoriza contratar con municipios, contratistas privados y entidades públicas, y parear los fondos con aportaciones privadas, estatales, municipales o federales. Entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para reasignar al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico la cantidad de un millón trescientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y un dólares ($1,352,861.00), provenientes de los balances correspondientes a las Resoluciones Conjuntas de los años fiscales 2017, 2018, 2019 y 2020, certificados por la Autoridad de Tierras el 1ro de mayo de 2026, para ser distribuidos entre los gobiernos municipales para sufragar obras y mejoras permanentes; mejoras de capital; proyectos de desarrollo económico; mantenimiento de infraestructura crítica; la salud y la seguridad pública de los municipios del Gobierno de Puerto Rico; autorizar el pareo de fondos a ser reasignados; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 196 reasigna $1,352,861.00 de balances de resoluciones conjuntas de los años fiscales 2017 al 2020. Estos fondos se destinarán al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, para ser distribuidos entre cinco municipios específicos (Manatí, Villalba, Utuado, Añasco y Cayey) para sufragar obras y mejoras permanentes, proyectos de desarrollo económico, mantenimiento de infraestructura crítica, y para la salud y seguridad pública municipal. Se autoriza a la Autoridad de Tierras a suscribir acuerdos con los municipios y se permite el pareo de estos fondos con otras fuentes (federales, estatales o municipales).
Para reasignar al Municipio Autónomo de Cataño, la cantidad de treinta y ocho mil cincuenta y cuatro dólares con once centavos (38,054.11) provenientes de la Resoluciones Conjuntas: 1993-2003 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1949- 2003 por la cantidad de doce mil trescientos cinco (12,305) dólares, 84-2004 por la cantidad de cien (100) dólares, 89-2004 por la cantidad de tres mil (3,000) dólares, 513-2004 por la cantidad de seis mil seiscientos veinticinco (6,625) dólares, 975- 2004 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1430-2004 por la cantidad de siete mil quinientos (7,500) dólares, 379-2005 por la cantidad de cinco mil ochocientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (5,847.54), 98-2008 por la cantidad de ocho (8) dólares y 18-2017 por la cantidad de seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (668.57), a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
La Resolución Conjunta de la Cámara 80 (RCC 80) reasigna $38,054.11 de fondos previamente aprobados en resoluciones conjuntas anteriores al Municipio Autónomo de Cataño. Estos fondos se destinarán a diversas obras y mejoras permanentes en el Estadio Pedro “Perucho” Cepeda, incluyendo aceras, rampas, pavimentos, mejoras sanitarias y pluviales, adquisición de materiales y equipos, y reacondicionamiento de áreas verdes. La medida autoriza el pareo de estos fondos con otras aportaciones y la contratación de servicios para ejecutar los propósitos descritos.
Para ordenar a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Municipio de Loíza, llevar a cabo todas las gestiones administrativas requeridas, ya sea por virtud de las leyes o reglamentos aplicables, a los efectos de lograr la obtención de los endosos, la realización de estudios y la identificación de los recursos económicos necesarios para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial para la Comunidad Villa Cañona, en el Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Municipio de Loíza a realizar gestiones administrativas. Estas gestiones incluyen obtener endosos, llevar a cabo estudios e identificar recursos económicos para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial en la Comunidad Villa Cañona, Loíza. Además, exige informes periódicos a las Secretarías de ambas Cámaras Legislativas y autoriza a las agencias a parear fondos de diversas fuentes.
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