Para ordenar a la Autoridad de Edificios Públicos transferir a la entidad sin fines de lucro Juventud con una Misión, Puerto Rico (JUCUM Urbano Puerto Rico), por el precio nominal de un dólar ($1.00) o mediante el negocio jurídico que recomiende el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, el terreno y la estructura que comprende la antigua escuela Intermedia Martín González, sita en la Urbanización Metrópolis del Municipio de Carolina, registrada con el Identificador de Propiedad (ID) 2742 en la Autoridad de Edificios Públicos y con el Número de Identificador 65357 en el Departamento de Educación, con el fin de que se utilice para la capacitación, entrenamiento y movilización de personas, especialmente niños, adolescentes, jóvenes y familias, hacia el trabajo social y voluntario, y la práctica del deporte, el arte, actividades educativas, de misericordia, y de fe.
Medida·Cámara·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Ordena a la Autoridad de Edificios Públicos transferir la antigua escuela Intermedia Martín González en Carolina a la entidad sin fines de lucro Juventud con una Misión, Puerto Rico (JUCUM Urbano Puerto Rico) por un precio nominal de $1.00 o mediante el negocio jurídico que recomiende el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles. La propiedad se destinará a capacitación, entrenamiento y movilización de personas, especialmente niños, adolescentes, jóvenes y familias, hacia el trabajo social y voluntario, y la práctica del deporte, el arte, actividades educativas, de misericordia, y de fe.
Pros
•Facilita la reutilización de una propiedad pública subutilizada (antigua escuela) para fines de bienestar social y comunitario, alineándose con la política pública de dar uso productivo a bienes inmuebles del Estado.
•Apoya a una entidad sin fines de lucro (JUCUM Urbano Puerto Rico) con infraestructura para expandir sus programas de capacitación, entrenamiento y movilización dirigidos a jóvenes y familias, abordando necesidades sociales, educativas y de voluntariado.
•Promueve actividades de desarrollo social, cívico y comunitario, complementando la acción gubernamental y privada mediante el fomento de valores, el trabajo voluntario y el apoyo a grupos vulnerables.
•Establece un mecanismo de transferencia de propiedad pública a entidades sin fines de lucro a un costo nominal, incentivando la colaboración público-privada para el beneficio social.
La medida no establece mecanismos de fiscalización ni auditoría posteriores para asegurar que la entidad receptora cumpla de manera continua con el uso especificado para la propiedad, dejando un potencial vacío en la rendición de cuentas sobre el destino de un bien público.
•La transferencia se realiza a través del Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, cuya recomendación, aunque vinculante para la Autoridad de Edificios Públicos según el texto, podría carecer de criterios públicos detallados o un proceso de evaluación transparente y competitivo para otras organizaciones interesadas.
•No se especifican plazos para la transferencia ni para el inicio de las operaciones por parte de JUCUM Urbano Puerto Rico, lo que podría generar inacción o dilación en el uso de la propiedad pública.
•La transferencia a precio nominal de un bien público, sin un proceso de subasta o licitación pública, podría ser percibida como una asignación directa sin considerar otras propuestas o el valor real del inmueble, aunque se ampare en la Ley 26-2017.
Intereses en juego
Beneficia a:
La entidad sin fines de lucro Juventud con una Misión, Puerto Rico (JUCUM Urbano Puerto Rico) se beneficia al recibir una propiedad pública para sus operaciones.
Preocupa a:
La ciudadanía podría verse preocupada por la falta de fiscalización y transparencia en la disposición de bienes públicos, así como la ausencia de mecanismos competitivos en la asignación de estos recursos.
Quién paga o decide:
La Autoridad de Edificios Públicos ejecuta la transferencia. El Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles recomienda el negocio jurídico. El costo nominal de $1.00 representa una cesión de valor para el Estado.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 98 fue el 2 de abril de 2025, el 25 de junio de 2025 con , y enviada al Senado para su trámite, donde apareció en Primera Lectura el 29 de junio de 2025 y fue referida a comisión.
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