Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 1, que ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano; y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación de la Ley 40-2020, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía” y de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como, “Ley de Máquinas de Juegos de Azar”, a los fines de investigar por qué estas leyes no han sido ejecutadas en su totalidad para que nuestros policías retirados reciban una compensación más justa para su retiro a la mayor brevedad; y para fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución (R. del S. 275) la Sección 3 de la Resolución del Senado 1 (R. del S. 1) para modificar los plazos en que las Comisiones de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano y de Gobierno del Senado deben rendir informes sobre la implementación de la Ley 40-2020 ( para el Retiro de la Policía) y la Ley 11-1933 (Máquinas de Juegos de Azar). Específicamente, permite rendir informes parciales durante la Segunda de la Vigésima Asamblea Legislativa y exige un informe final antes de que concluya dicha sesión.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 21 de agosto de 2025, el 25 de agosto de 2025, y se encuentra en trámite legislativo.
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Última acción · 25 de agosto de 2025
Texto de Aprobación Final en Senado
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A favor (24)
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Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 1, enmendada por la R. del S. 275 aprobada el 25 de agosto de 2025, que ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano; y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación de la Ley 40-2020, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía” y de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como, “Ley de Máquinas de Juegos de Azar”, a los fines de investigar por qué estas leyes no han sido ejecutadas en su totalidad para que nuestros policías retirados reciban una compensación más justa para su retiro a la mayor brevedad; y para fines relacionados.
La Resolución del Senado 367 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 1 (originalmente aprobada el 27 de febrero de 2025 y enmendada el 25 de agosto de 2025). La enmienda extiende el plazo para que las Comisiones de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano, y de Gobierno del Senado, presenten informes parciales y un informe final sobre la implementación de la Ley 40-2020 (Fideicomiso para el Retiro de la Policía) y la Ley 11-1933 (Máquinas de Juegos de Azar). El informe final debe presentarse antes de finalizar la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (que concluye el 30 de junio de 2026).
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 119, que ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones de infraestructura de los Cuarteles de la Policía de Puerto Rico en el distrito de Arecibo, así como, la disponibilidad y asignación de personal de mantenimiento en dichas instalaciones.
La Resolución del Senado 362 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 119. Modifica el plazo y la periodicidad de los informes que la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado debe rendir sobre la infraestructura y el personal de mantenimiento de los cuarteles de la Policía en el distrito de Arecibo. Originalmente, la R. del S. 119 pedía un informe final dentro de 180 días. Esta enmienda permite la entrega de informes parciales durante la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa y exige un informe final antes de que concluya dicha sesión.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 75, aprobada el 7 de abril de 2025, que ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre los protocolos bancarios y medidas implementadas por las instituciones financieras en la Isla para prevenir la explotación financiera de los adultos mayores.
Esta medida, una Resolución del Senado (R. del S. 337), enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 75. La Resolución original ordenó a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado realizar una investigación sobre protocolos bancarios para prevenir la explotación financiera de adultos mayores. La enmienda extiende el plazo para que dicha Comisión rinda su informe final, fijando como nueva fecha límite el final de la 2da Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (previsto para noviembre de 2025).
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico realizar una investigación en aras de determinar qué sucede con las aportaciones y dividendos ganados, como parte del Plan de Retiro Mejorado de la Policía, si un miembro de la Policía de Puerto Rico se separa definitivamente del servicio antes de retirarse.
La Resolución del Senado 389 ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar el destino de las aportaciones y dividendos generados en el Plan de Retiro Mejorado de la Policía si un miembro se separa del servicio antes de acogerse al retiro. La investigación debe completarse y presentarse un informe final con hallazgos y recomendaciones dentro de 120 días a partir de su aprobación.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 69, que ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, investigar el proceso de traslado de los agentes de la Policía de Puerto Rico; evaluar la necesidad de efectivos policiales en el área metropolitana en comparación con el resto de las regiones policiales; analizar el modus operandi en la implementación de reglamentos vigentes en la Policía de Puerto Rico, específicamente en lo relativo a los tiempos de respuesta a las peticiones de traslado presentadas por los agentes; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 361 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 69. Modifica los plazos y el alcance de un informe que la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado debe rendir sobre el proceso de traslado de agentes de la Policía de Puerto Rico, la necesidad de efectivos policiales y la implementación de reglamentos. Afecta directamente a la Comisión del Senado y, de forma indirecta, a la Policía de Puerto Rico y sus agentes.
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