Qué propone
La Resolución del Senado 338 la Sección 3 de la Resolución del Senado 172, aprobada en junio de 2025. La enmienda modifica el plazo para que la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado rinda un informe sobre la implementación de la Ley 22-2021 (Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda) por parte de la Defensoría de las Personas con Impedimentos. El nuevo plazo es antes de concluir la Segunda de la Vigésima Asamblea Legislativa (antes de noviembre de 2025). Afecta directamente a la Comisión del Senado y a la Defensoría.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 338 fue el 16 de octubre de 2025 y el 27 de octubre de 2025, según la . Actualmente, está en trámite legislativo.
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Última acción · 27 de octubre de 2025
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 22-2021, conocida como "Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico", por parte de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Gobierno de Puerto Rico, con el propósito de garantizar su cumplimiento efectivo y su impacto en la comunidad sorda del país; y para otros fines relacionados.
Esta medida, una Resolución del Senado (RS 172), ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley 22-2021, la cual creó la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda. La investigación se enfocará en la labor de la Defensoría de las Personas con Impedimentos en dicha implementación, buscando garantizar el cumplimiento efectivo de la ley y su impacto en la comunidad sorda. La medida no crea nuevas leyes ni asigna fondos, sino que encarga un estudio legislativo.
“Para ordenar a las comisiones de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional; y de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación integral sobre el impacto de la carencia de intérpretes de lenguaje de señas en el sistema de justicia de Puerto Rico, con el propósito de evaluar el acceso efectivo de las personas sordas y con impedimentos auditivos a los procedimientos judiciales y administrativos, detectar deficiencias en el cumplimiento de las normativas y leyes vigentes, y formular recomendaciones y medidas correctivas que garanticen el ejercicio pleno del derecho al debido proceso; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 90 ordena a las comisiones de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional; y de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación integral sobre la carencia de intérpretes de lenguaje de señas en el sistema de justicia. El objetivo es evaluar el acceso efectivo de personas sordas y con impedimentos auditivos a procedimientos judiciales y administrativos, detectar deficiencias en el cumplimiento de normativas y formular recomendaciones correctivas. La investigación debe completarse en un plazo no mayor de noventa (90) días a partir de su aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte de las entidades del Gobierno de Puerto Rico con las disposiciones de la Ley 229-2003, según enmendada, conocida como Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos, a los fines de identificar deficiencias en su implementación y formular las medidas correctivas necesarias.
La Resolución del Senado 130 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El propósito es evaluar el cumplimiento por parte de las entidades gubernamentales de Puerto Rico con la Ley 229-2003 (Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos). La investigación busca identificar deficiencias en la implementación de dicha ley y proponer medidas correctivas.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación encaminada a obtener una radiografía de los servicios gubernamentales dirigidos a la población adulta con diversidad funcional, con especial atención a la sustentabilidad de los programas públicos, accesibilidad y calidad de los servicios, servicios a cuidadores, así como sobre aquellas asistencias públicas que les permitirían su desarrollo pleno como ciudadanos productivos e independientes; evaluar el cumplimiento de las agencias de gobierno con la política pública en beneficio de las personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 41 ordenaba a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo era obtener un panorama completo de los servicios gubernamentales dirigidos a adultos con diversidad funcional, enfocándose en la sostenibilidad de programas, accesibilidad y calidad de servicios, apoyo a cuidadores, y asistencia para el desarrollo pleno e independencia de esta población. También buscaba evaluar el cumplimiento de las agencias con la política pública establecida.
Para enmendar la Sección 1 de la Resolución del Senado 15, la cual designa las Comisiones Permanentes del Senado de Puerto Rico y sus correspondientes jurisdicciones, a los fines de cambiar el nombre de la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional por Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos.
La Resolución del Senado 257 enmienda la Resolución del Senado 15 para modificar el nombre de una comisión permanente del Senado de Puerto Rico. Específicamente, cambia el nombre de la 'Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional' a 'Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos'. Esta medida afecta la denominación oficial de dicha comisión y su alcance temático implícito, sin alterar su estructura o funciones legislativas previamente establecidas.
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