Qué propone
La Resolución del Senado 464 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto en la salud de la sustancia Phenibut. La Comisión está facultada para celebrar , citar expertos y requerir información. Se espera un informe detallado con hallazgos y recomendaciones antes de que concluya la Cuarta de la 20ma. Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 464 fue el 18 de marzo de 2026 y el 11 de mayo de 2026, con aprobadas el 30 de junio de 2026. Actualmente, se encuentra en trámite posterior a su aprobación senatorial.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 30 de junio de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la Resolución del Senado 464, según aprobada el 11 de mayo de 2026, que le ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre el impacto que tiene en la salud de las personas la utilización de la sustancia Phenibut; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 558 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 464 (aprobada el 11 de mayo de 2026). La enmienda modifica el plazo para que la Comisión de Salud del Senado rinda un informe detallado sobre el impacto del Phenibut en la salud. El nuevo plazo es 'antes de concluir la Cuarta Sesión Ordinaria' de la Asamblea Legislativa actual (2025-2028). Afecta a la Comisión de Salud del Senado, que es la encargada de realizar la investigación y presentar el informe.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre la proliferación de productos de GLP-1 compuestos ilegalmente, incluyendo la preparación ilegal y el uso clandestino de estos productos en espacios no regulados de la isla por entidades y personas no autorizadas.
La Resolución del Senado 365 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la proliferación de productos de GLP-1 compuestos ilegalmente. Esto incluye la preparación y el uso clandestino de dichos productos en espacios no regulados de la isla por entidades y personas no autorizadas.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la efectividad del Departamento de Salud en la mitigación y manejo de la crisis de opioides; evaluar las iniciativas, estrategias, uso de fondos asignados, y coordinación interagencial desarrollada para enfrentar dicha crisis; y para otros fines relacionados.
Esta medida, una Resolución del Senado (RS 151), ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la efectividad del Departamento de Salud en la gestión de la crisis de opioides. La investigación debe evaluar las iniciativas, estrategias, el uso de fondos asignados y la coordinación interagencial empleada para enfrentar dicha crisis. La medida busca recopilar información y no crea nuevas leyes, derechos u obligaciones, ni asigna fondos.
Para enmendar la Sección 3 de la Resolución del Senado 319, según aprobada el 3 de noviembre de 2025, que le ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el efecto e impacto de la Ley Núm. 42 2017, según enmendada, conocida como “Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”)”, evaluando el cumplimiento de la Junta Reglamentadora del Cannabis Medicinal con los deberes que le impone la Ley, así como la transparencia, efectividad y resultados del sistema de cannabis medicinal en Puerto Rico en sus aspectos administrativos, regulatorios, científicos y socioeconómicos, incluyendo su impacto en la creación de empleos, la salud y calidad de vida de los pacientes.
La Resolución del Senado 494 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 319, aprobada en noviembre de 2025. La medida establece que la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico deberá rendir un informe sobre su investigación exhaustiva del sistema de cannabis medicinal en Puerto Rico antes de concluir la Tercera Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (antes del 30 de junio de 2026). La enmienda afecta directamente a la Comisión de Salud del Senado al fijar un nuevo plazo para la entrega de su informe.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la elaboración e implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; los servicios médicos-hospitalarios y ambulatorios; los planes médicos (incluyendo privados y el Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico); las agencias y/o instrumentalidades que recopilan estadísticas vitales y aquellas instituciones que realizan investigaciones y desarrollos de nuevas tecnologías en el campo de la salud, medicamentos y artefactos prostéticos, así como su fabricación, distribución y venta; las facilidades físicas, médicas, equipo paramédico, la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general de los sistemas de salud, la salud mental, la reglamentación, los profesionales de salud, profesionales de diagnóstico y tratamiento, los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción, la nutrición y la salud en general; así como los funcionarios responsables de ejecutar dichas gestiones, tomar decisiones dentro de la agencia, departamento, instrumentalidad y/o municipios y el alcance de las facultades inherentes a sus puestos.
La Resolución del Senado 107 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos del sistema de salud en Puerto Rico. Esto incluye la política pública, servicios médicos públicos y privados, planes médicos, agencias de estadísticas vitales, investigación y desarrollo de tecnologías médicas, fabricación y venta de medicamentos y artefactos, facilidades físicas, administración de sistemas de salud, salud mental, reglamentación profesional, servicios de adicciones, nutrición, y las facultades de los funcionarios responsables. La investigación busca informar posibles acciones legislativas y administrativas.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.