Qué propone
La medida la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno (VTT) y vehículos de baja velocidad (VBV) o carritos de golf. Crea la autorización de circulación 'Street-Legal', autoriza su tránsito en vías públicas bajo condiciones de seguridad, delimita zonas restringidas, dispone elementos de fiscalización y campañas educativas, y establece un periodo de amnistía especial de registro. Afecta a propietarios y operadores de estos vehículos, así como a las agencias de aplicación de la ley y de transporte.
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Última acción · 3 de febrero de 2026
: Salón de Audiencias #1
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1.111-A, 2.10, 2.12, 7.01, 7.02, 7.09, eliminar el inciso (e) y reenumerar los incisos (f) y (g) del Artículo 10.16 y añadir nuevos Artículos 1.111- B, 1.111-C, 3.07-A y 3.07-B de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; a los fines de establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno y respectivas clasificaciones, vehículos de baja velocidad o carritos de golf u otros análogos, crear la autorización de circulación Street-Legal, autorizar la circulación en vías públicas bajo condiciones de seguridad, delimitar zonas restringidas y de acceso controlado, disponer elementos de fiscalización y campañas educativas; establecer un periodo de amnistía especial de registro; y para otros fines relacionados.
La medida PS 916 propone enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno (VTT) y vehículos de baja velocidad (como carritos de golf). Busca crear una autorización de circulación 'Street-Legal', permitir su tránsito en vías públicas bajo condiciones de seguridad específicas, delimitar zonas restringidas, y establecer mecanismos de fiscalización y campañas educativas. Incluye un periodo de amnistía especial para el registro y modifica artículos clave relacionados con el registro, circulación y fiscalización de vehículos.
Para enmendar los artículos 1.111-A, 2.14, 5.06, 10.15 y 10.16 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de actualizar las normativas relacionadas con el uso de vehículos todo terreno, modificar el procedimiento de renovación de marbete de las motocicletas, y la prohibición de actividades peligrosas como las carreras y maniobras en las vías públicas; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la historia del transporte y las obras públicas en Puerto Rico, específicamente en la gestión y regulación de los vehículos y las vías. Aunque los fragmentos se centran en la deuda de la ACT, las APP, el Tren Urbano, la AMA y el deterioro de las carreteras, todos abordan la infraestructura vial y la movilidad, temas que la medida busca regular para un tipo específico de vehículos. La medida busca modernizar la regulación de vehículos y tránsito, un aspecto que históricamente ha enfrentado desafíos de eficiencia y acceso, como se menciona en los fragmentos sobre los CESCO y la digitalización.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 1018, fue el 12 de enero de 2026 y referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura. Tuvo una el 3 de febrero de 2026.
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Esta medida enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para actualizar normativas sobre vehículos todo terreno (ATVs), modificar el proceso de renovación de marbetes para motocicletas y prohibir explícitamente actividades peligrosas como carreras y maniobras en vías públicas. Busca dotar a las autoridades de herramientas para mejorar la seguridad vial y el orden público, afectando a propietarios de ATVs, motociclistas y al público en general.
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