Qué propone
La medida PS 916 propone la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno (VTT) y vehículos de baja velocidad (como carritos de golf). Busca crear una autorización de circulación 'Street-Legal', permitir su tránsito en vías públicas bajo condiciones de seguridad específicas, delimitar zonas restringidas, y establecer mecanismos de fiscalización y campañas educativas. Incluye un periodo de amnistía especial para el registro y modifica artículos clave relacionados con el registro, circulación y fiscalización de vehículos.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la gestión del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y los Centros de Servicios al Conductor (CESCO), que históricamente han enfrentado desafíos de eficiencia y burocracia en los trámites vehiculares, como se menciona en los fragmentos. La propuesta de un sistema de registro digital y amnistía para vehículos todo terreno busca modernizar y agilizar estos procesos, abordando la necesidad de mejorar la administración vehicular que ha sido un punto de fricción para los ciudadanos.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 916, fue el 12 de enero de 2026 y referida a comisión. Se celebraron dos (27 de enero y 10 de febrero de 2025). Sin embargo, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado no recomendó su aprobación en un informe emitido el 26 de febrero de 2026.
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Última acción · 26 de febrero de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1.111-A, 2.10, 2.12, 7.01, 7.02, 7.09, eliminar el inciso (e) y reenumerar los incisos (f) y (g) del Artículo 10.16 y añadir nuevos Artículos 1.111-B, 1.111-C, 3.07-A y 3.07-B de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; a los fines de establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno y respectivas clasificaciones, vehículos de baja velocidad o carritos de golf u otros análogos, crear la autorización de circulación Street-Legal, autorizar la circulación en vías públicas bajo condiciones de seguridad, delimitar zonas restringidas y de acceso controlado, disponer elementos de fiscalización y campañas educativas; establecer un periodo de amnistía especial de registro; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para establecer un sistema uniforme de registro digital para vehículos todo terreno (VTT) y vehículos de baja velocidad (VBV) o carritos de golf. Crea la autorización de circulación 'Street-Legal', autoriza su tránsito en vías públicas bajo condiciones de seguridad, delimita zonas restringidas, dispone elementos de fiscalización y campañas educativas, y establece un periodo de amnistía especial de registro. Afecta a propietarios y operadores de estos vehículos, así como a las agencias de aplicación de la ley y de transporte.
Para enmendar los artículos 1.111-A, 2.14, 5.06, 10.15 y 10.16 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de actualizar las normativas relacionadas con el uso de vehículos todo terreno, modificar el procedimiento de renovación de marbete de las motocicletas, y la prohibición de actividades peligrosas como las carreras y maniobras en las vías públicas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para actualizar normativas sobre vehículos todo terreno (ATVs), modificar el proceso de renovación de marbetes para motocicletas y prohibir explícitamente actividades peligrosas como carreras y maniobras en vías públicas. Busca dotar a las autoridades de herramientas para mejorar la seguridad vial y el orden público, afectando a propietarios de ATVs, motociclistas y al público en general.
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