Para enmendar el inciso (a) sub-inciso (18) de la Sección 1031.02 y el inciso (a) de la Sección 3030.17. de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de que personas al servicio del Gobierno de los Estados Unidos de América y que sean trasladadas oficialmente para prestar sus servicios al Gobierno de Puerto Rico, tengan incentivos para permanecer en la Isla; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para eximir de tributación local las bonificaciones, asistencias económicas para matrículas y mudanzas, y cuotas de ajuste por costo de vida que reciben empleados del Gobierno de Estados Unidos trasladados oficialmente a Puerto Rico, hasta el monto exento federalmente. También permite la introducción libre de arbitrios de un segundo vehículo por parte de estas personas y sus familias. El Departamento de Hacienda tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento y puede revocar el privilegio en caso de incumplimiento en los cuatro años previos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 8 de octubre de 2026 y enviada al Senado, donde apareció en Primera Lectura el 13 de octubre de 2026 y fue referida a comisión.
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Última acción · 13 de octubre de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
En contra (4)
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