Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” con el fin de establecer un número máximo de quince (15) estudiantes por salón en las escuelas Sistema de Educación Pública; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida legislativa, el P. de la C. 258, propone añadir un nuevo subinciso (69) al Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Su objetivo es establecer por ley un límite máximo de quince (15) estudiantes por salón de clases en todas las escuelas del Sistema de Educación Pública. El cambio afecta directamente al Departamento de Educación, a los directores escolares, maestros y, fundamentalmente, a los estudiantes y sus familias.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el contexto de la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018), que reconfiguró el sistema K-12. La propuesta de limitar el número de estudiantes por salón aborda una de las oportunidades estructurales que, según analistas, ha surgido de la crisis demográfica y la merma en la matrícula estudiantil, permitiendo una educación más personalizada.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Añade la obligación al Secretario de Educación de establecer, implementar y supervisar el límite máximo de quince (15) estudiantes por salón en las escuelas públicas del Sistema de Educación Pública.
En qué va
La medida se encuentra en trámite legislativo, habiendo sido el 22 de enero de 2025 y referida a comisión. La Comisión de Educación de la Cámara rindió un con el 21 de abril de 2026.
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Última acción · 21 de abril de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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