Qué propone
Esta medida busca la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para que el Secretario de Educación, junto con los secretarios de Recursos Naturales y Ambientales y el director de la Autoridad de Edificios Públicos, desarrollen e implementen una política pública. El objetivo es mejorar la acústica de los salones de clases en las escuelas públicas y asegurar que las nuevas construcciones cumplan con estándares acústicos internacionales (ANSI). Afecta directamente a las agencias gubernamentales implicadas y, en última instancia, a estudiantes y docentes al buscar un ambiente de aprendizaje más propicio.
Pros
Contras
Última acción · 17 de marzo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” con el fin de establecer un número máximo de quince (15) estudiantes por salón en las escuelas Sistema de Educación Pública; y para otros fines relacionados.
La medida P. de la C. 258 enmienda la Ley 85-2018, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, para añadir un nuevo subinciso que establece un número máximo de quince (15) estudiantes por salón en todas las escuelas del Sistema de Educación Pública. Esto busca mejorar la calidad educativa y la atención individualizada al reducir el tamaño de los grupos.
Para enmendar el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energía renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96-2005, conocida como “Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares”; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
La medida Propone enmendar el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los nuevos proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan obligatoriamente plantas de emergencia o sistemas de energía renovable alternos, y cisternas o sistemas de captación de agua. El objetivo es evitar la interrupción de labores escolares por fallas en el suministro eléctrico o de agua. La medida deroga la Ley 96-2005 y la Res. Conj. 75-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, a los diseñadores y constructores de escuelas, y de forma indirecta a estudiantes y personal escolar.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el contexto de la Ley 85-2018, la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, que reconfiguró el sistema K-12. La medida aborda un aspecto específico de la infraestructura escolar, la acústica, lo que se relaciona con el historial de vulnerabilidad estructural y falta de mantenimiento de los planteles, evidenciado por los terremotos de 2020 y la preocupación por la seguridad y el entorno de aprendizaje.
En qué va
La medida fue y enviada al Senado, donde recibió informes negativos de comisión en dos ocasiones, siendo finalmente derrotada . Se solicitó , pero la comisión volvió a emitir un recomendando no aprobarla.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
En contra (1)
Ausente (1)
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.