Qué propone
La medida busca añadir un nuevo Artículo 6.09 a la Ley 351-2000 para excluir formalmente a la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico de la Ley 73-2019, que centraliza las compras gubernamentales bajo la Administración de Servicios Generales (ASG). Esto facultará a la Autoridad a establecer sus propios procedimientos internos de adquisición de bienes, obras y servicios, incluyendo subastas, con el fin de ganar autonomía operativa y administrativa, agilidad y competitividad. Afecta directamente a la Autoridad, a la ASG y a los proveedores que interactuarán con la Autoridad en lugar de con la ASG para las compras.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de Cámara 464, fue el 28 de marzo de 2025 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 31 de marzo de 2025, siendo referida ese mismo día a la Comisión de Gobierno para su análisis.
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Última acción · 31 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
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“Para añadir un nuevo Artículo 6.09 y renumerar los artículos subsiguientes de la Ley 351-2000, según enmendada, conocida como “Ley del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico”, a los fines de restituir la autonomía operativa y administrativa de la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico y facultarla para establecer sus propios procedimientos de adquisición, conforme a sus necesidades particulares; y para otros fines relacionados”
Esta medida propone añadir un nuevo Artículo 6.09 a la Ley 351-2000, excluyendo formalmente a la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico de la Ley 73-2019 (Ley de Centralización de Compras de la Administración de Servicios Generales). Esto facultará a la Autoridad para establecer sus propios procedimientos internos de adquisición de bienes, obras y servicios, buscando agilidad y eficiencia en sus operaciones y subastas.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019; a los fines de restituir la autonomía operativa y administrativa de estas entidades exentas y facultarlas para desarrollar procedimientos de adquisición internos que respondan a sus necesidades particulares; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 461 propone enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019 para restituir la autonomía operativa y administrativa a ciertas entidades gubernamentales exentas. Esto les permitiría desarrollar sus propios procedimientos de adquisición, adaptados a sus necesidades específicas, en lugar de adherirse a un modelo centralizado de compras.
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