Para enmendar el Artículo 4, añadir un nuevo Artículo 9 y renumerar los artículos subsiguientes de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico”, a los fines de restituir la autonomía operativa y administrativa de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico y facultarla para establecer sus propios procedimientos de adquisición, conforme a sus necesidades particulares; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 4 y añade un nuevo Artículo 9 a la Ley 77-1979, con la renumeración de los artículos posteriores. Según el resumen de PRFAA incluido en el informe cameral, el cambio al Artículo 4 flexibiliza la disposición de bienes; el nuevo Artículo 9 excluye a PRFAA de la Ley 73-2019 y de cualquier ley que la sustituya, y le ordena establecer sus propios procedimientos para adquirir bienes, obras y servicios. En la práctica, sus compras dejarían de tramitarse bajo el sistema centralizado de la ASG; la medida no fija una cantidad de fondos ni un plazo.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Cámara la aprobó el 22 de abril de 2025 y la reconsideró y aprobó nuevamente el 5 de mayo; llegó al Senado el 8 de mayo. El 26 de junio de 2025, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado recomendó no aprobarla.
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Última acción · 26 de junio de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (42)
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