Qué propone
La medida buscaba adoptar un 'Código de Lactancia de Puerto Rico' para consolidar y armonizar diversas leyes y normativas existentes sobre lactancia materna. Su propósito era establecer una política pública gubernamental clara y uniforme a favor de la lactancia, derogando varias leyes específicas y artículos de otras leyes que trataban el tema de forma fragmentada. El objetivo era crear un marco legal más robusto y fiscalizable para proteger y promover la lactancia materna.
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Última acción · 3 de septiembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para adoptar el "Código de Lactancia de Puerto Rico"; consolidar las diversas leyes, y normativas existentes; establecer una política pública del Gobierno de Puerto Rico a favor de la lactancia materna; derogar el Artículo l(A) de la Ley Núm. 168 de 4 de mayo de 1949, según enmendada, conocida como "Ley para Ordenar la Adopción de un Código de Edificación de Puerto Rico"; la Ley 427-2000, según enmendada, conocida como "Ley para Reglamentar el Período de Lactancia o de Extracción de Leche Materna"; la Ley 155-2002, según enmendada, conocida como "Ley para Designar Espacios para la Lactancia en las Entidades Públicas del Gobierno de Puerto Rico"; la Ley 200-2003, conocida como "Ley del 'Mes de la Concienciación Sobre la Lactancia' en Puerto Rico"; la Ley 79-2004, conocida como "Ley sobre el Suministro de Sucedáneos de la Leche Materna a los Recién Nacidos"; la Ley 95-2004, según enmendada, conocida como "Ley para Prohibir el Discrimen Contra las Madres que Lactan a sus Niños o Niñas"; el Artículo 2.058 (g) de la Ley 107-2020, según enmendada, "Código Municipal de Puerto Rico"; la Sección 9.1 (5) de la Ley 8-2017, "Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico", el Artículo 2.04 (5) de la Ley 26-2017, según enmendada "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", y, para otros fines relacionados.
Esta medida adopta el "Código de Lactancia de Puerto Rico", consolidando y derogando varias leyes y normativas existentes para establecer una política pública a favor de la lactancia materna. Establece derechos y protecciones para madres lactantes en el ámbito laboral y de salud, buscando fomentar la lactancia exclusiva hasta los seis meses y continuada hasta los dos años o más, según recomendaciones internacionales. Afecta directamente a madres lactantes, sus empleadores (públicos y privados), y las agencias gubernamentales encargadas de la salud y el trabajo.
Intereses en juego
En qué va
La medida P. de la C. 483 fue el 24 de junio de 2025. Sin embargo, la Comisión de Familia del Senado emitió un el 3 de septiembre de 2025, no recomendando su aprobación por ser idéntica a un proyecto ya convertido en ley (Ley 87-2025).
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Para establecer la “Ley del Banco de Leche Materna de Puerto Rico”; crear el Banco de Leche Materna de Puerto Rico adscrito al Departamento de Salud; disponer sobre su funcionamiento; establecer sus deberes, facultades y responsabilidades; y para otros fines relacionados.
Establece la Ley del Banco de Leche Materna de Puerto Rico, creando una entidad adscrita al Departamento de Salud. Esta entidad se encargará de recopilar, procesar, almacenar y distribuir leche materna donada, siguiendo protocolos de seguridad y calidad. Su objetivo principal es proveer esta leche a recién nacidos hospitalizados o enfermos que no tengan acceso a la leche de su propia madre, buscando mejorar sus resultados de salud.
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