Qué propone
Esta medida la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para incluir la violencia entre parejas del mismo sexo y la violencia de género en los programas de prevención de violencia doméstica. Establece como requisito de graduación para estudiantes de cuarto año la aprobación de un curso sobre prevención de violencia doméstica, abarcando estas modalidades. Además, instruye al Secretario de Educación y al Comisionado de la Policía a rendir un informe anual sobre la implementación de estos programas.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida busca la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, que es el que formalizó la reconfiguración operativa del sistema K-12. Aunque la medida aborda un tema específico (prevención de violencia doméstica), lo hace dentro del marco de esta ley, que ha sido objeto de debate y litigio sobre la dirección de la educación pública en la isla.
En qué va
Esta medida, presentada el 30 de abril de 2025, fue el 12 de mayo de 2026, tras pasar por varias comisiones y recibir un informe conjunto. Actualmente, el texto de aprobación final ha sido enviado al Senado para su consideración.
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Última acción · 14 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
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En contra (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Educación en Equidad y Prevención de la Violencia de Género en las Escuelas de Puerto Rico”; con el propósito de implantar un programa obligatorio y transversal de prevención de violencia de género en el currículo de escuelas intermedias y superiores del sistema de educación pública y privada en Puerto Rico; asignar fondos; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley de Educación en Equidad y Prevención de la Violencia de Género. Establece un programa obligatorio y transversal de prevención de violencia de género para estudiantes de escuelas intermedias y superiores, tanto públicas como privadas. El Departamento de Educación (DE) y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) diseñarán e implantarán el currículo, capacitarán al personal docente y presentarán informes anuales. Se asignan fondos del Fondo General y federales, y se establece un plazo de 120 días para la reglamentación, con implantación obligatoria a partir del próximo año escolar.
Para enmendar el inciso 35, del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; y, para añadir un nuevo inciso (v) al Artículo 4 del Plan de Reorganización del Departamento de la Familia, Plan de Reorganización Núm. 1 de 28 de julio de 1995, según enmendado; a los fines de establecer el deber de capacitar anualmente a los trabajadores sociales en temas relacionados con la violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 85-2018 (Reforma Educativa) y el Plan de Reorganización Núm. 1 del Departamento de la Familia para establecer el deber de capacitar anualmente a los trabajadores sociales escolares y del Departamento de la Familia, respectivamente, en temas de violencia doméstica. La capacitación deberá ser de al menos dos horas anuales, coordinada con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, e incluirá identificación, manejo de casos, coordinación de ayuda a víctimas y sus hijos menores, y sensibilización hacia víctimas con diversidad funcional.
Para enmendar los incisos (35) y (63) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de establecer la obligación al Secretario de Educación de diseñar e implantar un protocolo dirigido al manejo de situaciones de violencia doméstica, incluyendo la violencia en el noviazgo; y para fines relacionados.
La medida propone enmendar los incisos (35) y (63) de la Ley 85-2018, 'Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico', para obligar al Secretario de Educación a diseñar e implementar un protocolo específico para el manejo de situaciones de violencia doméstica, incluyendo la violencia en el noviazgo, dentro del sistema educativo. Afecta directamente al Departamento de Educación, su personal, y a los estudiantes que puedan verse involucrados en dichas situaciones.
Para crear la “Ley para crear la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Pareja”; permitir la creación de cursos para adiestramientos para que estudiantes se puedan certificar como capacitadores en contra de la violencia; ordenar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, en conjunto con el Departamento de Educación, a crear la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Género; ordenar y establecer la facultad de reglamentación; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 344 propone la creación de la 'Ley para la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Pareja'. Esta medida autoriza el desarrollo de cursos para adiestrar y certificar a estudiantes de escuela superior como capacitadores en la prevención de la violencia. La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y el Departamento de Educación (DEPR) tendrían la responsabilidad conjunta de crear y reglamentar esta certificación. El objetivo es empoderar a los jóvenes para que actúen como agentes de cambio y prevención en sus comunidades escolares.
Para enmendar los Artículos 1.11 y 2.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de proveer para la creación de un currículo que ofrezca un adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica, proporcionando herramientas útiles a los miembros del Negociado de la Policía de Puerto Rico para intervenir, interactuar, orientar y proteger a las personas víctimas de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
La medida proponía enmendar los Artículos 1.11 y 2.04 de la Ley 20-2017 (Ley del Departamento de Seguridad Pública) para crear un currículo de adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica para los miembros del Negociado de la Policía de Puerto Rico. El objetivo era dotar a los agentes de herramientas para intervenir, orientar y proteger a las víctimas de violencia doméstica.
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