Qué propone
La medida establece la nueva Ley para Reglamentar la Profesión del Embalsamamiento en Puerto Rico, derogando la ley de 1967. Define la profesión, establece la política pública de salvaguardar la salud pública y la dignidad humana, y clarifica la responsabilidad administrativa para embalsamadores licenciados y funerarias que permitan la práctica por personas no autorizadas. La Junta Examinadora de Embalsamadores de Puerto Rico se faculta para investigar y sancionar infracciones con multas de $500 a $10,000, suspensión de licencia, o cierre de establecimientos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 1133, fue el Senado el 16 de marzo de 2026, aprobada con por el Senado el 22 de junio de 2026, y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (25)
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Para crear la “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Mortuoria de Puerto Rico”, a los fines de reglamentar e impartirle eficiencia a las normas aplicables a quienes practiquen la profesión del embalsamamiento; establecer un ente rector que disponga cuáles serán los requisitos para que los embalsamadores licenciados desempeñen dicha profesión, el cual tendrá el poder de expedir, denegar y revocar licencias y adoptar regulaciones de carácter ético para su ejercicio, así como de fijar multas y penalidades administrativas e instar acciones disciplinarias; tipificar el delito de ejercicio ilegal de embalsamamiento y fijar la pena de multa y/o cárcel por su comisión; derogar la Ley Núm. 6 de 9 de marzo de 1967, según enmendada, conocida comúnmente como “Ley de la Junta Examinadora de Embalsamadores de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la "Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Mortuoria de Puerto Rico" para reemplazar la ley de 1967 que regula a los embalsamadores. Establece una nueva Junta con poderes para expedir, denegar y revocar licencias, fijar requisitos, adoptar normas éticas, imponer multas administrativas y tipificar el ejercicio ilegal de la profesión como delito. Afecta directamente a los profesionales de embalsamamiento y a quienes solicitan sus servicios, buscando modernizar y dar mayor eficiencia a la regulación del sector.
Para crear la “Ley de Alternativas Sostenibles de Disposición Final de Restos Humanos”; autorizar la hidrólisis alcalina y la reducción orgánica natural como modalidades de disposición final en Puerto Rico; establecer los principios, requisitos y salvaguardas aplicables; facultar al Departamento de Salud de Puerto Rico a adoptar la reglamentación correspondiente; y para otros fines relacionados.
Abstenido (1)
La medida propone crear la Ley de Alternativas Sostenibles de Disposición Final de Restos Humanos, autorizando la hidrólisis alcalina (comúnmente llamada 'cremación con agua') y la reducción orgánica natural (compostaje humano) como métodos de disposición final en Puerto Rico. Establece principios, requisitos y salvaguardas, y faculta al Departamento de Salud a reglamentar estos procesos. Afecta directamente a los ciudadanos que deseen optar por estas alternativas y a los proveedores de servicios funerarios que deseen ofrecerlas.
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