Qué propone
La medida PS 138 buscaba el inciso (h) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000 (Ley de Vehículos y Tránsito). Su objetivo era reformar los plazos y montos de descuento para el pago de multas administrativas de tránsito, ofreciendo descuentos de hasta el 50% si se pagaba entre 30 y 60 días después de expedido el boleto. Afectaba directamente a los conductores que recibían multas de tránsito.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida PS 138 fue el 2 de enero de 2025, pasó por primera lectura en el Senado el 16 de enero de 2025 y fue referida a comisión. La Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado emitió un el 6 de mayo de 2025, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 6 de mayo de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para enmendar el inciso (h) del Artículo 23.05 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de establecer que el pago de una infracción realizado dentro de los primeros quince (15) días a partir de la fecha expedición conlleve un descuento de cuarenta por ciento (40%); y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda el Artículo 23.05(h) de la Ley 22-2000, Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Establece que el pago de una infracción de tránsito realizado dentro de los primeros quince (15) días desde su expedición recibirá un descuento del cuarenta por ciento (40%), un aumento de diez puntos porcentuales respecto al descuento actual. Adicionalmente, introduce un descuento del quince por ciento (15%) para pagos realizados después de los primeros quince (15) días pero antes de los treinta (30) días de expedición. Afecta directamente a los conductores que reciben multas de tránsito.
Para añadir un nuevo inciso (l) al Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el propósito de aclarar que las personas que soliciten el permiso bajo este Artículo solo vendrán obligadas a acreditar su condición física permanente la primera vez que soliciten el permiso.
La medida PS 137 enmienda la Ley 22-2000 (Ley de Vehículos y Tránsito) para modificar los Artículos 2.25 y 2.27. Su objetivo es eximir a las personas con condiciones médicas permanentes y certificadas como irreversibles de presentar una nueva certificación médica cada diez (10) años para renovar su permiso especial de estacionamiento. Esto aplica a ciudadanos que obtienen el permiso bajo las condiciones de impedimento permanente o de duración indefinida que dificultan su movilidad.
Para derogar el actual Artículo 23.06 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", y sustituirlo por un nuevo Artículo 23.06, a los fines de establecer mecanismos más flexibles con relación a los planes de pago que se conceden para satisfacer las deudas por concepto de multas administrativas; para establecer los términos aplicables a los planes de pago; y para otros fines relacionados.
Esta medida, Ley 52-2025, enmienda el Artículo 23.06 de la Ley de Vehículos y Tránsito (Ley 22-2000) para establecer nuevos planes de pago para deudas de multas administrativas. Introduce pagos iniciales y plazos de pago variables según el monto de la deuda, afectando a conductores y dueños de vehículos con multas pendientes que busquen renovar o solicitar licencias o permisos.
Para enmendar el Artículo 23.01 de la Ley Núm. 22 de 2000, según enmendada por la Ley Núm. 102 de 2022, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de hacer automático el Incentivo de Responsabilidad Vial, eliminando la necesidad de presentación física de certificaciones por parte del conductor y estableciendo un procedimiento integrado en los sistemas del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) para su verificación y aplicación durante el proceso de renovación de licencias vehiculares; y para otros fines relacionados.
La medida PS 949 propone enmendar el Artículo 23.01 de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000, según enmendada por la Ley 102-2022) para hacer automático el Incentivo de Responsabilidad Vial. Este incentivo otorga un descuento del 30% en el cargo base de renovación de licencias vehiculares a conductores sin infracciones en los 12 meses previos. La enmienda busca eliminar la necesidad de presentar certificaciones físicas, integrando la verificación de historial de infracciones en los sistemas del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) para su aplicación automática durante el proceso de renovación de licencias.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 3.02 y el inciso (h) y (l) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; a los fines de establecer que será deber de un infractor pagar todo boleto dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de su expedición o desde la fecha del archivo en auto de la notificación de la resolución emitida por un Tribunal; declarar con lugar la revisión de una falta administrativa por la ausencia del agente a la vista.
El Proyecto de la Cámara 46 propone enmendar la Ley 22-2000, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito. Específicamente, busca modificar el Artículo 3.02(j) para establecer que un infractor tiene 30 días desde la expedición del boleto o la notificación de una resolución judicial para pagar, y el Artículo 23.05(l) para clarificar que la ausencia del agente que expidió el boleto en una vista de revisión judicial puede resultar en que el tribunal declare 'Ha Lugar' a la revisión. Afecta a conductores que reciben multas de tránsito y al proceso judicial de impugnación de las mismas.
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