Para añadir un nuevo inciso (l) al Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el propósito de aclarar que las personas que soliciten el permiso bajo este Artículo solo vendrán obligadas a acreditar su condición física permanente la primera vez que soliciten el permiso.
Qué propone
los artículos 2.25 y 2.27 de la Ley 22-2000 sobre permisos de estacionamiento para personas con impedimentos. Añade una regla que exime de presentar otra certificación médica al renovar cuando un médico especialista certificó que la condición es permanente e irreversible; el texto del artículo 2.27, según las enmiendas descritas en el informe, identifica 11 condiciones permanentes para esa excepción. No elimina el requisito de certificación inicial ni la certificación para renovar en los demás casos. Ordena al Secretario del DTOP atemperar los y procedimientos dentro de 90 días, y dispone que la ley entraría en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó la medida el 1 de octubre de 2025 y la envió a la Cámara; el 7 de octubre fue leída por primera vez y referida a comisión allí. La presentan Marially González Huertas (PPD) y Joanne Rodríguez Veve (independiente).
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Última acción · 7 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
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