Qué propone
La Resolución de la Cámara 352 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la implantación del Artículo 12 de la Ley 22-2000, específicamente sobre las inspecciones mecánicas periódicas y la adopción obligatoria de nuevos sistemas y equipos por parte de los centros de inspección. La investigación busca aclarar las razones detrás de la imposición de un único proveedor de equipos y sus potenciales efectos económicos en operadores y ciudadanos. La comisión deberá rendir un informe con hallazgos y recomendaciones antes de finalizar la séptima de la vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2028).
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda las inspecciones vehiculares y los CESCO, que son parte de los servicios de licenciamiento y trámites vehiculares gestionados por el DTOP, como se menciona en el fragmento sobre la red de carreteras secundarias. Históricamente, estos centros han enfrentado críticas por ineficiencias, lo que resalta la importancia de la investigación propuesta para asegurar la transparencia y el impacto económico de las nuevas regulaciones.
En qué va
Esta Resolución fue el 30 de junio de 2025 y ha pasado por varias y , habiendo rendido un primer informe parcial en mayo de 2026.
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Última acción · 4 de junio de 2026
Cuerpo recibe 1er informe parcial rendido
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 2 de la Resolución de la Cámara 352, aprobada por la Cámara de Representantes de Puerto Rico, el 30 de junio de 2025, para realizarle enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Esta medida es una Resolución de la Cámara (RC 697) que enmienda la Sección 2 de una resolución previa (RC 352) aprobada el 30 de junio de 2025. Su propósito es ajustar el plazo para la entrega de un informe de investigación sobre la implementación de inspecciones mecánicas vehiculares bajo la Ley 22-2000. La comisión encargada ahora deberá presentar sus hallazgos y recomendaciones antes de que concluya la séptima sesión ordinaria de la vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2028).
Para ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a enmendar el Reglamento Núm. 9526 de ese Departamento, “Reglamento para Estaciones Oficiales de Inspección, Inspección de Vehículos de Motor y Otros Fines Relacionados”, a los fines de: (1) establecer criterios rectores claros para la certificación de equipos de inspección vehicular; (2) aclarar la naturaleza penal de las conductas tipificadas en el Artículo 12.07 de la Ley 22 2000 y prohibir su imposición administrativa; (3) crear un protocolo formal de referido al Departamento de Justicia; (4) establecer de forma expresa la delegación de autoridad del Secretario hacia la Dirección de Servicios al Conductor (DISCO); (5) adoptar un procedimiento uniforme y documentado para la imposición de sanciones; (6) prohibir negociaciones informales de multas; y (7) garantizar la incorporación explícita de las protecciones del debido proceso administrativo en todos los procedimientos de inspección, intervención y sanción; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a enmendar el Reglamento Núm. 9526, que regula las estaciones de inspección vehicular. Los cambios buscan establecer criterios claros para la certificación de equipos, prohibir la imposición administrativa de multas penales del Artículo 12.07 de la Ley 22-2000, crear un protocolo formal de referidos al Departamento de Justicia, clarificar la delegación de autoridad a la Dirección de Servicios al Conductor (DISCO), adoptar procedimientos uniformes para sanciones administrativas, prohibir negociaciones informales de multas y garantizar las protecciones del debido proceso administrativo. Afecta directamente a las estaciones de inspección vehicular, sus operadores, el DTOP y a los ciudadanos en sus interacciones con el sistema de inspección y posibles sanciones.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el proceso de implantación y cumplimiento del sistema de “tablilla única” establecido por la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” conforme a las enmiendas introducidas a la misma mediante la Ley Núm. 2-2016 y la Ley Núm. 23-2020; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 459 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la implantación y cumplimiento del sistema de 'tablilla única' para vehículos. Este sistema, establecido por la Ley 22-2000 y enmendado por las Leyes 2-2016 y 23-2020, busca que la tablilla pertenezca al propietario y no al vehículo para evitar costos duplicados. La investigación debe concluir con un informe de determinaciones, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura y a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre las condiciones de la infraestructura vial que comprende la autopista PR-52 desde el kilómetro 25 hasta el kilómetro 39, así como sobre los reportes de accidentes notificados en dicha zona; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 685 ordena a las Comisiones de Transportación e Infraestructura y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre las condiciones de la autopista PR-52, específicamente entre el kilómetro 25 y el 39, y sobre los reportes de accidentes en esa zona. Las Comisiones deberán consultar agencias públicas y concesionarios relevantes, y presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, evaluar la implementación y operación de cualquier aplicación digital o plataforma, utilizada para el intercambio, alquiler o venta de automóviles, que haya solicitado autorización para operar en Puerto Rico ante el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos; las regulaciones y leyes aplicables; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 112 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes evaluar la implementación y operación de aplicaciones digitales para el intercambio, alquiler o venta de automóviles en Puerto Rico. La evaluación debe incluir las autorizaciones ante el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP) y las leyes y regulaciones aplicables. El objetivo es analizar el marco regulatorio ante la aparición de plataformas tipo 'Airbnb de autos'.
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