Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado (RCS) 179 ordena al Departamento de la Familia (DF) a establecer y poner en funcionamiento una oficina local en el municipio de Adjuntas dentro de un plazo improrrogable de 180 días. La medida autoriza al DF a coordinar con entidades públicas o privadas para usar facilidades temporales o permanentes mientras se busca una sede definitiva. También dispone la reasignación de empleados que laboraban en la antigua oficina de Adjuntas y exige un informe detallado a la Asamblea Legislativa tras la apertura.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 22 de junio de 2026, tras ser el 29 de abril de 2026 y pasar por varias comisiones. Actualmente, el texto de aprobación final ha sido enviado a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre los recursos disponibles para adiestramientos a familias en cumplimiento de planes de reunificación familiar, incluyendo el sistema de renglones de servicios, proveedores, costos y mecanismos de monitoreo de eficiencia y calidad; así como sobre el número actual de menores removidos y en albergues participando en planes de reubicación familiar, desglosado por género y edad; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 139 ordena al Departamento de la Familia, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), que en un plazo de 90 días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Asamblea Legislativa. Este informe debe detallar los recursos para adiestramientos en planes de reunificación familiar (incluyendo renglones, proveedores, costos y monitoreo) y estadísticas sobre menores removidos y en albergues participando en dichos planes, desglosados por género, edad y municipio de origen, incluyendo tasas de éxito de reunificación.
“Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, y a su Junta de Gobierno, a crear e implementar un Proyecto Especial en beneficio de los municipios de Las Marías; Florida; Maricao; Comerío; Maunabo; Villalba; Adjuntas; Jayuya; Ciales; Guayanilla; Patillas; Guánica; Loíza; Arroyo; Corozal; Ceiba; Naguabo y Orocovis, ante la merma en las transferencias del Gobierno Central al Fondo de Equiparación; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a crear e implementar un Proyecto Especial en un plazo de noventa (90) días para atender las necesidades fiscales de dieciocho (18) municipios específicos, ante la merma y eliminación de las transferencias del Gobierno Central al Fondo de Equiparación. El proyecto especial implicará la reasignación de todo el personal técnico del CRIM para realizar tareas como identificación de propiedad no tasada, fiscalización de exoneraciones contributivas y actualización de mapas catastrales en dichos municipios.
“Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre el número de jóvenes removidos participando en programas de vida independiente, los servicios ofrecidos, los mecanismos de medición planes de transición, su efectividad, desglose por edades y géneros, y la duración de los subsidios proporcionados; y para otros fines relacionados.”
La Resolución Conjunta del Senado 146 ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de los 90 días posteriores a su aprobación. Este informe debe cubrir el número de jóvenes removidos participando en el Servicio de Vida Independiente (SVI) y programas análogos, los servicios ofrecidos, los mecanismos para medir planes de transición y su efectividad, un desglose por edades y géneros, y la duración y monto de los subsidios proporcionados. Afecta directamente a los jóvenes en programas de transición a la vida adulta bajo custodia estatal y a la Legislatura, que recibirá la información para evaluar dichos programas.
Para asignar la cantidad de ciento cincuenta millones (150,000,000) de dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, para cubrir las necesidades de servicios esenciales de los gobiernos municipales para que puedan ser utilizados por los municipios de Puerto Rico de acuerdo con sus necesidades económicas y tomando en consideración las necesidades de cada municipio; disponer sobre la distribución de los fondos; y para otros fines.
La Resolución Conjunta del Senado 19 (RCS 19) proponía asignar $150,000,000 del Fondo General del Tesoro Estatal para cubrir necesidades de servicios esenciales en los municipios. Los fondos se distribuirían según las necesidades económicas y críticas de cada municipio, para usos como seguridad municipal, gestión de emergencias, entrega de medicamentos y alimentos a personas mayores, pavimentación de calles secundarias, equipos de salud, servicios a niños y ancianos, ornato, cuidado infantil y mantenimiento de infraestructura. La medida fue rechazada por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado.
Para ordenar al Departamento de la Familia y a la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN) revisar, armonizar, adoptar, promulgar e implantar, dentro de un término cierto, la reglamentación aplicable a la Ley Núm. 173-2016, según enmendada por la Ley Núm. 206-2024; disponer para la uniformidad de criterios administrativos entre las dependencias concernidas; requerir la rendición de informes periódicos a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia y a la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN) a revisar, armonizar, adoptar, promulgar e implementar la reglamentación aplicable a la Ley Núm. 173-2016, según enmendada por la Ley Núm. 206-2024. El objetivo es asegurar la uniformidad de criterios administrativos entre ambas agencias y otras dependencias relacionadas, como la Oficina de Licenciamiento. Se establece un plazo de 120 días para completar esta tarea y se exige la presentación de informes periódicos a la Asamblea Legislativa sobre el progreso.
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