Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 179 ordena al Departamento de la Familia (DF) establecer y poner en funcionamiento una oficina local en el Municipio de Adjuntas en un plazo improrrogable de 180 días. La medida autoriza al DF a coordinar con entidades públicas o privadas para utilizar facilidades temporales o permanentes mientras se busca una sede definitiva, y dispone la reasignación de empleados que laboraban en la oficina original. Una vez operativa, el DF deberá rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue de Puerto Rico el 22 de junio de 2026 y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite. Su proceso reciente incluyó radicaciones, referidos a comisiones, informes con y en el Senado.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, y a su Junta de Gobierno, a crear e implementar un Proyecto Especial en beneficio de los municipios de Las Marías; Florida; Maricao; Comerío; Maunabo; Villalba; Adjuntas; Jayuya; Ciales; Guayanilla; Patillas; Guánica; Loíza; Arroyo; Corozal; Ceiba; Naguabo y Orocovis, ante la merma en las transferencias del Gobierno Central al Fondo de Equiparación; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y a su Junta de Gobierno a crear e implementar un Proyecto Especial en un plazo de noventa (90) días para atender las necesidades fiscales de dieciocho (18) municipios específicos. El proyecto deberá incluir la reasignación de personal técnico del CRIM para realizar tareas como identificar propiedad no tasada, fiscalizar exoneraciones contributivas y actualizar mapas catastrales en dichos municipios, ante la merma de transferencias del Gobierno Central al Fondo de Equiparación.
Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre los recursos disponibles para adiestramientos a familias en cumplimiento de planes de reunificación familiar, incluyendo el sistema de renglones de servicios, proveedores, costos y mecanismos de monitoreo de eficiencia y calidad; así como sobre el número actual de menores removidos y en albergues participando en planes de reubicación familiar, desglosado por género y edad; y para otros fines relacionados.
Esta medida, una Resolución Concurrente del Senado (RCS) 139, ordena al Departamento de la Familia, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), que elabore y presente un informe detallado. Este informe debe cubrir los recursos disponibles para adiestramientos de familias en procesos de reunificación, incluyendo detalles sobre proveedores, costos y mecanismos de monitoreo. Además, debe desglosar el número actual de menores removidos y en albergues, clasificados por género y edad, que participan en planes de reubicación familiar. La medida afecta directamente a la ADFAN al imponerle la obligación de recopilar y presentar esta información, y beneficia indirectamente a la ciudadanía y a los legisladores al proveer datos para la toma de decisiones.
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