Para ordenar a la Comisión Conjunta para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva de naturaleza continua, en torno a todos los asuntos financieros y operacionales de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, así como el manejo y administración de los contratos de todas las Alianzas Público-Privadas suscritos, o por suscribir, por el Gobierno de Puerto Rico, a los fines de auditar su funcionamiento y rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; para estudiar la conveniencia y necesidad de la Ley 29-2009, conocida como la Ley de Alianza Público Privadas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 248 ordena a la Comisión Conjunta para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa realizar una investigación continua sobre todos los asuntos financieros y operacionales de la Autoridad para las (AAPP) y el manejo de sus contratos. Busca auditar su funcionamiento, estudiar la conveniencia y necesidad de la Ley 29-2009 (Ley de Alianzas Público Privadas), y rendir un informe con hallazgos y recomendaciones. La medida afecta directamente a la AAPP, a las entidades privadas con contratos de alianza y al público en general, al buscar mayor transparencia y fiscalización.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 248 fue el 28 de junio de 2025, sin el 30 de junio de 2025, y referida a comisión(es) para su trámite posterior.
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Última acción · 30 de junio de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva, de naturaleza continua, sobre la administración, uso y gasto de los fondos públicos asignados y administrados por las agencias e instrumentalidades públicas del Gobierno de Puerto Rico, así como la ejecución y cumplimiento de los planes estratégicos de cada instrumentalidad pública; a fin de evaluar si se están utilizando adecuadamente los recursos económicos provistos a las agencias e instrumentalidades para atender las necesidades de los ciudadanos y poder determinar si es necesario que se tomen medidas legislativas o administrativas que promuevan el funcionamiento eficiente y aseguren el presupuesto adecuado de las agencias e instrumentalidades públicas en beneficio de los ciudadanos.
La Resolución del Senado 111 ordena a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado a realizar una investigación continua y exhaustiva. Esta investigación se centrará en cómo las agencias e instrumentalidades públicas administran, usan y gastan fondos públicos, y en la ejecución de sus planes estratégicos. El objetivo es evaluar la adecuación del uso de recursos para atender necesidades ciudadanas y determinar si se requieren medidas legislativas o administrativas para mejorar la eficiencia y asegurar presupuestos adecuados. Afecta a todas las agencias e instrumentalidades públicas del Gobierno de Puerto Rico y, por extensión, a los ciudadanos a quienes sirven.
Para establecer el Código de Ética del Senado de Puerto Rico, establecer la organización de la Comisión de Ética; definir sus funciones; establecer los procedimientos para emitir opiniones consultivas; y considerar e investigar querellas por violación a las normas de conducta que deben observar los Senadores, funcionarios, jefes de dependencia y empleados del Senado de Puerto Rico.
La Resolución del Senado 247 establece el Código de Ética del Senado de Puerto Rico. Crea la Comisión de Ética, define sus funciones, y fija procedimientos para emitir opiniones consultivas e investigar querellas por violaciones a las normas de conducta. Afecta directamente a los Senadores, funcionarios, jefes de dependencia y empleados del Senado, estableciendo un marco normativo para su comportamiento oficial y actividades relacionadas.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 222 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar las acciones del Gobierno de Puerto Rico que hayan resultado en la divulgación de información confidencial de residentes, potencialmente violando derechos constitucionales y legales. La investigación se enfocará específicamente en la colaboración con autoridades migratorias de Estados Unidos para la detención y deportación de personas con estatus migratorio irregular.
“Para ordenar al Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que de conformidad con la Sección 21.5 del Reglamento del Senado de Puerto Rico, se reúna en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación al director ejecutivo de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, Josué Colón Ortiz; a la directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica, Mary Carmen Zapata Acosta; y al Presidente de LUMA Energy, Juan Saca, a los efectos de conocer todos los detalles relacionados al financiamiento por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica al consorcio LUMA Energy; así como cualquier otra información requerida por los integrantes del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 348 ordena al Senado de Puerto Rico reunirse en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación. El propósito es interrogar al director ejecutivo de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, a la directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica, y al Presidente de LUMA Energy. Buscan conocer detalles sobre el financiamiento de la AEE al consorcio LUMA Energy y otra información que los senadores requieran.
Para enmendar la Sección 2 de la R. del S. 481, según aprobada el 1 de junio de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados..
La Resolución del Senado 611 enmienda la Sección 2 de la Resolución del Senado 481, aprobada el 1 de junio de 2026. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rinda su informe final sobre la investigación del estado de las vías públicas en el Distrito Senatorial de Ponce y su impacto social. El nuevo plazo fijado es hasta el cierre de la 4ta Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (noviembre de 2026).
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