Qué propone
La Resolución del Senado 253 ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre los posibles efectos nocivos de la quiebra de Sunnova TEP Developer LLC en los consumidores puertorriqueños. La investigación debe centrarse en los servicios de financiamiento para sistemas solares que la empresa ofrecía (préstamos, alquileres, PPAs) y que afectaban a aproximadamente el 70% de los propietarios de paneles solares en la isla. La Comisión debe presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones legislativas y administrativas.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la política energética de Puerto Rico, que busca la transición a fuentes renovables. La investigación sobre Sunnova es relevante para entender los retos de la implementación de la energía solar distribuida, un componente clave de la Ley 17-2019 y la Ley 10-2024, que promueven la medición neta y los paneles solares en techos residenciales.
En qué va
Esta Resolución fue de Puerto Rico el 30 de junio de 2025 y, tras , se rindió un Informe Final el 1 de diciembre de 2025, el cual fue aprobado por el cuerpo legislativo el 5 de febrero de 2026.
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Última acción · 5 de febrero de 2026
Cuerpo aprueba informe final rendido
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
A favor (27)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para enmendar la Sección 2 de la R. del S. 253, según aprobada el 30 de junio de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.”
Esta medida, una Resolución del Senado (R. del S. 376), enmienda la Sección 2 de la Resolución del Senado 253, aprobada el 30 de junio de 2025. Su propósito principal es extender el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rinda su informe final sobre la quiebra de Sunnova TEP Developer LLC y sus efectos en los consumidores puertorriqueños. El nuevo plazo máximo es de ciento veinte (120) días a partir de la aprobación de la R. del S. 376, o antes del cierre de la 3ra Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la interpretación y aplicación de la Ley 36-2024 por parte de LUMA Energy, LLC, a los fines de garantizar el cumplimiento con la intención legislativa y supervisar la correcta implementación de dicha ley, asegurando la protección de los derechos de los consumidores comerciales, industriales e institucionales y comprobando si se han corregido errores de facturación y atrasos en las lecturas de consumo de energía.
La Resolución del Senado 78 ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar cómo LUMA Energy, LLC interpreta y aplica la Ley 36-2024, para asegurar el cumplimiento de la intención legislativa, supervisar la implementación de dicha ley, proteger los derechos de consumidores comerciales, industriales e institucionales, y verificar la corrección de errores de facturación y atrasos en lecturas de consumo de energía.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la implementación, interpretación y cumplimiento por parte de LUMA Energy del Artículo 4(b) de la Ley Núm. 114-2007, según enmendada, conocida como la “Ley de Medición Neta”, particularmente en relación con el cálculo de créditos por energía exportada, la aplicación de cargos tarifarios bajo programas de medición neta y la transparencia en la facturación a clientes con sistemas de generación solar distribuida; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 511 ordenaba a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico investigar la implementación, interpretación y cumplimiento por parte de LUMA Energy del Artículo 4(b) de la Ley Núm. 114-2007, conocida como la 'Ley de Medición Neta'. Específicamente, se buscaba examinar el cálculo de créditos por energía exportada, la aplicación de cargos tarifarios bajo programas de medición neta y la transparencia en la facturación a clientes con sistemas de generación solar distribuida.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de emergencia que se diseñó por 3PPO bajo el RFP 3PPO-0314-20-TPG para atendar la crisis en su capacidad generatriz, cómo fue el proceso de evaluación adjudicación y contratación del proponente, y si la entidad escogida para suplir la energía de emergencia tiene la capacidad tanto financiera como operacional para suplir la energía necesaria en un plazo de treinta (30) días.
La Resolución del Senado 256 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en el proceso de emergencia para suplir energía, iniciado bajo el RFP 3PPO-0314-20-TPG, incluyendo la evaluación, adjudicación y contratación del proponente. Además, se debe determinar si la entidad seleccionada, Power Expectations, posee la capacidad financiera y operacional para suministrar la energía requerida en un plazo de treinta (30) días. La medida afecta directamente a la Comisión de Gobierno del Senado, a la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (AAPP), a la Oficina de Compras de Terceros Independientes (3PPO), a Genera, a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a la empresa Power Expectations, así como a la ciudadanía en general por su impacto en el sistema eléctrico.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible cierre planificado de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy; y para otros fines.
La Resolución del Senado 85 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el posible cierre de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy. La investigación debe concluir y presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida. Esta orden legislativa busca esclarecer las razones detrás de la decisión de LUMA y sus implicaciones, afectando directamente a la empresa, sus clientes y la política pública de protección a poblaciones vulnerables.
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