Qué propone
La medida buscaba establecer una 'Carta de Derechos para el Acceso a la Justicia y un Trato Justo para Menores Víctimas o Testigos', definiendo derechos específicos para niños y niñas que son víctimas o testigos de delitos o faltas administrativas. Pretendía crear mecanismos para reclamar estos derechos y asegurar su bienestar en los procesos judiciales y administrativos. Afectaría directamente a menores de edad en estas circunstancias, sus familias, y las agencias del sistema de justicia.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la evolución histórica de la protección de menores en Puerto Rico, que ha visto la creación de agencias como ADFAN para investigar el maltrato y ASUME para el sustento. La medida busca fortalecer los derechos de los menores víctimas o testigos de delitos, abordando una faceta específica de la protección infantil que complementa los esfuerzos existentes en el sistema de justicia.
En qué va
La medida fue el 6 de noviembre de 2025. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde la Comisión de lo Jurídico rindió un el 1 de diciembre de 2025, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 1 de diciembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (48)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Carta de Derechos para las Personas Víctimas de Violencia Doméstica”; y para otros fines relacionados.
La medida P. de la C. 116 propone la creación de la 'Carta de Derechos para las Personas Víctimas de Violencia Doméstica'. Esta carta establecerá un marco de derechos generales, de acceso a la justicia, protección, información, ser escuchada y acceso a servicios de apoyo para todas las personas víctimas de violencia doméstica, independientemente de su sexo, nacionalidad o estatus migratorio. Su objetivo es fortalecer la protección y ayuda a las víctimas, reconociendo la violencia doméstica como un problema social grave.
Para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley 338-1998, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Niño”; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone enmendar la Ley 338 de 1998, conocida como la "Carta de Derechos del Niño", para renombrarla como "Carta de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia" e incluir explícitamente el concepto de adolescencia. Amplía el rango de edad cubierto de 0 a 20 años inclusive. Incorpora nuevos derechos y protecciones, especialmente para menores inmigrantes, y refuerza el derecho a la participación y expresión en procesos judiciales y administrativos, así como la protección en entornos digitales y ante amenazas emergentes.
Para crear la “Ley de Protección y Reparación en favor de las Hijas e Hijos de las Víctimas de Feminicidio”; declarar la política pública para la atención, protección, y reparación integral de las víctimas de feminicidio; establecer un Fondo Especial de Becas para las hijas e hijos de las víctimas de feminicidio; añadir un nuevo inciso (f) al Artículo 3 y reenumerar los subsiguientes y añadir un nuevo Artículo 10 a la Ley 183 de 29 de Julio de 1998, según enmendada, conocida como “Ley de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito”, con el fin de ofrecer una pensión mensual en beneficio de las hijas e hijos de las víctimas de feminicidio; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la "Ley de Protección y Reparación en favor de las Hijas e Hijos de las Víctimas de Feminicidio". Establece como política pública la atención, protección y reparación integral de las víctimas de feminicidio. Crea un "Fondo Especial de Becas" para los hijos e hijas de víctimas de feminicidio, financiado por donaciones y asignaciones legislativas. Además, enmienda la Ley 183 de 1998 para añadir un nuevo Artículo 10 que proveerá una pensión mensual a los hijos e hijas de víctimas de feminicidio.
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