Qué propone
Esta medida la Ley 85-2018, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", para ordenar al Secretario de Educación el desarrollo de un proyecto piloto. Este proyecto creará catorce (14) escuelas especializadas en Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM) a nivel elemental, intermedio y superior, distribuidas en las siete regiones educativas. También dispone la creación de un grupo de trabajo interdisciplinario para estructurar el currículo de estas escuelas.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la Ley 85-2018, la "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", que reconfiguró el sistema K-12 e introdujo modelos como las escuelas chárter. La propuesta de crear escuelas especializadas en STEAM puede verse como una continuación de los esfuerzos por reestructurar el sistema educativo, buscando ofrecer alternativas y mejorar la calidad de la enseñanza, en un contexto de crisis demográfica y desafíos administrativos que han afectado la educación pública.
En qué va
Esta medida legislativa (P. de la C. 334) fue el 3 de abril de 2025 y actualmente está pendiente de acción en el Senado, donde recibió su primer el 15 de julio de 2025.
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Última acción · 6 de noviembre de 2025
Quedó Pendiente de Acción Posterior en el Senado
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A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para adicionar un nuevo inciso (46) y renumerar los actuales incisos (46) al (59), respectivamente, como incisos (47) al (60) del Artículo 1.03; añadir un nuevo Capítulo XV y reenumerar los actuales Capítulos XV y XVI, respectivamente, como Capítulos XVI y XVII, renumerar el Artículo 15.01 como Artículo 16.01, y los Artículos 16.01 al 16.07, respectivamente, como Artículos 17.01 al 17.07 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de establecer el Programa de Escuela Virtual con el propósito de ofrecerles a los estudiantes del sistema público las herramientas necesarias y modelos de enseñanza ágiles que vayan acorde con las necesidades del mundo moderno; incorporar definiciones; crear el Centro de Innovación, Tecnología y Aprendizaje Digital; y ordenar reglamentación.
La medida, P. de la C. 1344, enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para establecer formalmente el Programa de Escuela Virtual del Departamento de Educación. Crea un nuevo capítulo legislativo que define el programa, sus propósitos, administración, y el Centro de Innovación, Tecnología y Aprendizaje Digital. Afecta directamente a estudiantes del sistema público, ofreciéndoles modalidades de enseñanza virtual y a distancia, y al Departamento de Educación, que deberá reglamentar y operar dicho programa. Se otorga un plazo de 180 días para la adopción de reglamentos.
Para enmendar el Articulo 12.01, y añadir un nuevo Articulo 12.1.4, al Capitulo XII de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer para que a través del Programa de Educación Ocupacional y Técnica del Departamento de Educación, se establezcan escuelas especializadas en desarrollar programas dirigidos a promover la transferencia de tecnologia para llevar al uso público, los descubrimientos cientificos y tecnológicos de los alumnos, mediante la comercialización, y la protección de la propiedad intelectual, con la cual se persigue la obtención de patentes y/o registro de las marcas de servicios; añadir un nueva Sección 2100.M a la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico", a los efectos de crear un denominado "Programa de Apoyo a las Escuelas Especializadas en Promoción de Transferencia de Tecnología y Comercialización de Productos", que tendrá como propósito servir como fuente de financiamiento para las actividades de desarrollo, investigación y comercialización de los productos generados por los alumnos de los antes mencionados centros educativos; enmendar los articulos 3, 4 y 26 de la Ley 214- 2004, según enmendada, conocida como "Ley del Fideicomiso para Ciencia, Tecnologia e Investigación de Puerto Rico", con el propósito de conferirle al mencionado Fideicorniso, al igual que al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de apoyar las actividades de desarrollo, investigación y comercialización de los productos generados por los alumnos de las referidas escuelas; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda la Ley de Reforma Educativa (Ley 85-2018) para crear la Oficina de Transferencia de Tecnología y Propiedad Intelectual dentro del Departamento de Educación, adscrita a la Secretaría Auxiliar de Educación Ocupacional y Técnica. También añade una sección al Código de Incentivos (Ley 60-2019) para crear un programa de apoyo a esta oficina, administrado por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), y modifica la Ley del Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación (Ley 214-2004) para asignar responsabilidades de apoyo al Fideicomiso y al DDEC. La medida busca que los estudiantes de escuelas secundarias desarrollen, comercialicen y protejan la propiedad intelectual de sus descubrimientos científicos y tecnológicos.
Para enmendar el inciso b. al Artículo 4.01 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como la Ley de “Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de asegurar que las escuelas especializadas están dirigidas por Directores Escolares que tengan preparación académica en la materia especializada de su escuela para así poder servir mejor al estudiantado; y otros asuntos relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para exigir que los nuevos Directores de Escuelas Especializadas (bellas artes, deportes, ciencias, etc.) tengan un mínimo de 12 créditos universitarios en la materia especializada de la escuela que dirigirán. El cambio afecta a aspirantes a Directores Escolares y al Departamento de Educación en sus procesos de nombramiento para estas escuelas específicas.
Para crear la Secretaría Auxiliar de Escuelas Especializadas en Puerto Rico adscrita al Departamento de Educación, con el fin de desarrollar una educación de avanzada con modelos especializados; disponer una administración autónoma y separada para el desarrollo de estos modelos frente a la corriente regular de escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación de una Secretaría Auxiliar de Escuelas Especializadas adscrita al Departamento de Educación de Puerto Rico. Esta nueva entidad tendría una administración autónoma y separada para desarrollar modelos educativos avanzados y especializados, dirigidos a estudiantes con talentos y destrezas excepcionales, diferenciándose de la estructura educativa regular del Departamento. Busca ofrecer un currículo más flexible y adaptado a los ritmos de aprendizaje avanzados.
Para enmendar el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el fin de establecer la concesión de un diferencial de sueldo de mil dólares ($1,000.00) mensuales a todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida enmienda el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico). Establece un diferencial de sueldo de $1,000.00 mensuales para todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra. Elimina el incentivo anterior de $300.00 para quienes viajan diariamente y aumenta el diferencial para quienes se trasladan o trabajan allí.
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