Qué propone
La medida crea la 'Ley General de Proclamas de Puerto Rico' para uniformar y estandarizar la emisión de proclamas gubernamentales, introduciendo formatos digitales y físicos, estableciendo un cobro por las proclamas físicas solicitadas por entidades privadas, y creando un Registro Único de Proclamas y un portal público. El Departamento de Estado será responsable de reglamentar el proceso, y se asignará una partida presupuestaria para los costos de producción. La ley cientos de leyes existentes que declaran días o meses conmemorativos para que sus proclamas se ajusten a los nuevos parámetros.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida, el P. de la C. 938, fue el 16 de octubre de 2025, el 23 de febrero de 2026, y posteriormente enviada al Senado para su trámite legislativo.
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Última acción · 26 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (39)
En contra (11)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 2 y 3; añadir unos nuevos Artículos 4 y 7; renumerar y enmendar los Artículos 4 y 5 como Artículos 5 y 6, respectivamente; y renumerar el Artículo 6 como Artículo 8, de la Ley Núm. 180-2024, conocida como la "Ley del Mes y Día de la Manufactura en Puerto Rico" a los fines de atemperar la designación del Día de la Manufactura al primer viernes del mes de octubre de cada año, según se ha establecido en los Estados Unidos de América; establecer la obligación de la Gobernadora de emitir una proclama a estos efectos; facultar al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a promocionar el Día y Mes de la Manufactura; y para oh'os fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 180-2024 para alinear la designación del Día de la Manufactura en Puerto Rico con la establecida en Estados Unidos, fijándolo al primer viernes de octubre de cada año. También formaliza la obligación de la Gobernadora de emitir una proclama anual y faculta al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) para promocionar el Día y Mes de la Manufactura. Afecta principalmente a la Gobernadora, al Secretario del DDEC, a las empresas del sector manufacturero y a sus trabajadores.
Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 20-2023 para declarar el sábado siguiente al Día de Acción de Gracias de cada año como el “Día Nacional del Mundillo Puertorriqueño”, en lugar del primer domingo de mayo de cada año; para añadir un nuevo Artículo 2 que reconozca al Municipio de Moca como “La Capital del Mundillo Puertorriqueño”, reenumerar los Artículos 2 al 4 como Artículos 3 al 5 respectivamente; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 20-2023 para cambiar la fecha de celebración del "Día Nacional del Mundillo Puertorriqueño" del primer domingo de mayo al sábado siguiente al Día de Acción de Gracias. Además, añade un nuevo artículo para reconocer oficialmente al Municipio de Moca como "La Capital del Mundillo Puertorriqueño". Afecta directamente la designación oficial de una fecha conmemorativa y el reconocimiento de un municipio, impactando a artesanos, promotores culturales y la comunidad de Moca.
Para declarar el 4 de septiembre de cada año como el “Día de la Concientización sobre la Leucemia Infantil” en el Gobierno de Puerto Rico.
Esta ley declara el 4 de septiembre de cada año como el "Día de la Concientización sobre la Leucemia Infantil" en el Gobierno de Puerto Rico. Se instruye al Gobernador a emitir una proclama con al menos 10 días de antelación. Los Departamentos de Salud, Educación y Familia, junto a otras entidades gubernamentales relacionadas con servicios a niños, adoptarán medidas para difundir el significado del día, promoviendo la prevención, detección, tratamiento y apoyo a familias y menores afectados. Se instituye el lazo anaranjado y dorado como símbolo oficial de esta conmemoración.
Para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 56 de 25 de abril de 2023, conocida como "Ley del Día de la Actividad Física en Puerto Rico", a los fines de declarar el mes de abril de cada año como el "Mes de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico" y el 6 de abril como el "Día de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico", y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 56-2023 para renombrar la ley como la “Ley del Mes de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico”. Crea el "Mes de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico" durante todo el mes de abril y el "Día de la Actividad Física Inclusiva en Puerto Rico" el 6 de abril de cada año. Se exhorta al Gobernador a emitir proclamas y se instruye al Departamento de Recreación y Deportes a organizar y promover actividades inclusivas, colaborando con otras agencias y entidades.
Para declarar el 26 de septiembre de cada año como el “Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico”.
Esta medida legislativa declara el 26 de septiembre de cada año como el "Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico". La ley instruye al Gobernador a emitir una proclama exhortando al sector público, privado y a la ciudadanía a realizar actividades de reconocimiento para este personal. La ley entra en vigor inmediatamente tras su aprobación.
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