Qué propone
Esta medida legislativa declara el 26 de septiembre de cada año como el "Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico". La ley instruye al Gobernador a emitir una proclama exhortando al sector público, privado y a la ciudadanía a realizar actividades de reconocimiento para este personal. La ley entra en vigor inmediatamente tras su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta ley fue el 17 de junio de 2025 y por el Senado el 12 de noviembre de 2025. Fue firmada por la Gobernadora el 13 de diciembre de 2025, convirtiéndose en la Ley 154-2025.
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Última acción · 13 de diciembre de 2025
Ley 154-2025
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Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para declarar el mes de octubre de cada año como el "Mes de la Apreciación a Pastoral y al Clérigo de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
La Ley 146-2025 declara el mes de octubre de cada año como el 'Mes de la Apreciación a la Pastoral y al Clérigo de Puerto Rico'. El Gobernador emitirá una proclama exhortando a entidades públicas y privadas a unirse a la celebración con actividades. Las agencias gubernamentales podrán organizar actividades de reconocimiento sin que se consideren uso de fondos públicos para el establecimiento o adelanto de religión.
Para decretar el 14 de noviembre de cada año como el “Día del Estudiante Legislador” en Puerto Rico, con el propósito de fomentar la participación cívica, el liderazgo juvenil y el conocimiento del proceso legislativo entre los estudiantes.
Esta medida decreta el 14 de noviembre de cada año como el "Día del Estudiante Legislador" en Puerto Rico. Busca fomentar la participación cívica, el liderazgo juvenil y el conocimiento del proceso legislativo. El Gobernador o Gobernadora emitirá una proclama exhortando a instituciones educativas y cívicas a organizar actividades. El Departamento de Educación adoptará medidas necesarias para la conmemoración, coordinando con otras entidades.
Para declarar el día 27 de julio de cada año como el “Día de la Bomba Loiceña” en todo Puerto Rico; reconocer la aportación histórica, cultural y social de los propulsores de la Bomba en el Municipio de Loíza para el desarrollo de la bomba puertorriqueña; y para otros fines relacionados.
La medida declara el 27 de julio de cada año como el “Día de la Bomba Loiceña” en todo Puerto Rico. Busca reconocer la aportación histórica, cultural y social de los propulsores de la bomba en Loíza al desarrollo de la música folclórica puertorriqueña. Además, instruye a varias agencias gubernamentales y al Municipio de Loíza a promover actividades educativas y culturales relacionadas con esta celebración, sujeto a la disponibilidad de recursos.
Para establecer una licencia cultural especial para empleados públicos y de la empresa privada que representen a Puerto Rico en eventos internacionales, en calidad de artistas, escritores, personal especializado o promotores culturales, siempre que hayan sido certificados por el Instituto de Cultura Puertorriqueña y el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para establecer la forma en la que dichos empleados habrán de acogerse a la referida licencia cultural.
La medida crea la 'licencia cultural especial' para empleados públicos y privados que representen a Puerto Rico en eventos culturales internacionales como artistas, escritores, promotores o personal especializado. Esta licencia permite ausentarse del trabajo hasta 30 días laborables al año (con posibilidad de extenderse a 45 días cargando a vacaciones/tiempo compensatorio) sin perder salario, beneficios o derechos laborales. Los beneficiarios deben ser certificados por el Instituto de Cultura Puertorriqueña y el Departamento de Estado.
Para decretar en Puerto Rico el 2 de abril de cada año coma el "Día de la Historia Deportiva Ponceña" en reconocimiento a la gran historia deportiva del pueblo de Ponce; y para otros fines relacionados.
La medida decreta el 2 de abril de cada año como el "Día de la Historia Deportiva Ponceña" en Puerto Rico. Se establece que el Gobernador emitirá una proclama anual conmemorativa. El Departamento de Recreación y Deportes, en coordinación con el Municipio de Ponce y otras entidades, adoptará medidas para la promoción y celebración de actividades relacionadas con este día. Afecta a la ciudadanía en general, al gobierno central (Gobernador, Departamento de Recreación y Deportes) y al Municipio de Ponce.
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