Qué propone
La medida el Artículo 73(b) de la Ley 146-2012 (Código Penal de Puerto Rico). Dispone que en casos de reincidencia agravada, un tribunal podrá aumentar la pena al doble de la pena fija del delito cometido o hasta treinta (30) años adicionales a dicha pena fija. Afecta a individuos que sean convictos por un tercer delito grave, habiendo sido previamente sentenciados por dos o más delitos graves en tiempos distintos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, presentada el 2 de febrero de 2026, fue de Puerto Rico el 9 de marzo de 2026, con reconsideraciones y adicionales el 12 de marzo de 2026. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes, donde apareció en Primera Lectura el 19 de marzo de 2026 y fue referida a comisión.
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Última acción · 19 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (17)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (b), del Artículo 73, de la Ley 146-2012 conocida como el Código Penal de Puerto Rico, a los fines de disponer que en los casos donde se configure reincidencia agravada se aumentará 30 años a la pena fija dispuesta por ley para el delito cometido.
La medida propone enmendar el Artículo 73(b) de la Ley 146-2012 (Código Penal de Puerto Rico) para añadir 30 años a la pena fija de un delito cuando se configure reincidencia agravada. Esto aplica a personas que, habiendo sido condenadas y sentenciadas por dos o más delitos graves en tiempos diversos, cometen un nuevo delito grave. El propósito es aumentar la severidad de la pena para estos individuos.
Para enmendar los Artículos 130, 131, 132, 134 y 135 de la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar ciertas penas, imponer revocación indefinida de licencia de conducir, prohibir aplicación de concurso de delitos, requerir cumplimiento consecutivo de penas, mandar tratamiento bajo AMSSCA, imponer multas para fondo de Centros P.I.T.I., expedir órdenes de alejamiento, y prohibir sentencias suspendidas; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 1003 propone enmendar varios artículos del Código Penal de Puerto Rico (Ley Núm. 146 de 2012) para aumentar las penas y añadir consecuencias colaterales a delitos sexuales y relacionados. Busca imponer la revocación indefinida de la licencia de conducir, prohibir el concurso de delitos, requerir el cumplimiento consecutivo de penas, mandar tratamiento bajo AMSSCA, imponer multas de $500 por cargo para un fondo de Centros P.I.T.I., expedir órdenes de alejamiento y prohibir sentencias suspendidas. Estas medidas afectarían a personas convictas por agresión sexual, incesto, actos lascivos, acoso sexual y bestialismo, así como a las víctimas de estos delitos y a las agencias administrativas encargadas de su implementación.
Abstenido (1)
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