Qué propone
El Proyecto del Senado 479 buscaba la Ley del Departamento de Seguridad Pública (Ley 20-2017) para otorgar al Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) jurisdicción concurrente para investigar casos de explotación financiera de adultos mayores. Esto aplicaría específicamente cuando el personal de establecimientos residenciales, hogares sustitutos o instituciones de cuidado de adultos mayores estuviera involucrado en dichos delitos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el tema de la seguridad pública y la reestructuración del aparato estatal, particularmente la Ley 20-2017 que centralizó agencias bajo el Departamento de Seguridad Pública. La medida busca esta ley para otorgar jurisdicción al Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) en casos de explotación financiera de adultos mayores, lo que refleja la continua evolución y adaptación de la Ley 20-2017 para atender nuevas necesidades y desafíos de seguridad.
En qué va
El Proyecto del Senado 479 fue el 3 de abril de 2025 y referido a comisión. Sin embargo, la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano no recomendó su aprobación el 26 de agosto de 2025, indicando que un proyecto equivalente ya se había convertido en ley.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 26 de agosto de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 7.04(a) de la Ley Núm. 20 - 2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico"; los Artículos 8 y 19 de la Ley Núm. 121-2019, según enmendada, conocida como" Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores", a los fines de disponer que el Negociado de Investigaciones Especiales, tendrá jurisdicción concurrente para investigar casos de explotación financiera de adultos mayores en los que estén involucrados personal de un establecimiento residencial, hogar sustituto o institución dedicada al cuido de adultos mayores durante las veinticuatro (24) horas del día o parte de éstas; y para otros fines relacionados.
Esta medida, Ley 85-2025, enmienda el Artículo 7.04 de la Ley 20-2017 (Ley del Departamento de Seguridad Pública) y los Artículos 8 y 19 de la Ley 121-2019 (Carta de Derechos de Adultos Mayores). Otorga jurisdicción concurrente al Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) para investigar casos de explotación financiera de adultos mayores cuando el personal de establecimientos residenciales, hogares sustitutos o instituciones de cuidado de 24 horas esté involucrado. Clarifica la coordinación entre el NIE, la Policía de Puerto Rico y el Departamento de la Familia en estos casos.
Para crear el “Programa de Desvío para la Reeducación en Casos de Explotación Financiera que constituyan delito grave cometido por familiares de personas de edad avanzada o incapacitados” a los fines de establecer un programa de reeducación para aquellas personas que se declaren culpable o convicto que fueren del Artículo 127-C de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y tengan un vínculo de consanguinidad o afinidad con la víctima, para autorizar la expedición automática de orden de protección en estos casos; para enmendar el Artículo 127-C (b)(2) de la Ley 146-2012, según emendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida creaba el “Programa de Desvío para la Reeducación en Casos de Explotación Financiera de Personas de Edad Avanzada”. Este programa estaría dirigido a personas declaradas culpables por explotación financiera de adultos mayores (Artículos 127-C y 127-D del Código Penal) que tuvieran un vínculo familiar con la víctima. También autorizaba la expedición automática de órdenes de protección en estos casos y creaba una Comisión Ejecutiva Interagencial para reglamentar y licenciar dichos programas. En esencia, buscaba ofrecer una alternativa de reeducación en lugar de sanción penal para familiares infractores, y modificar el Código Penal para acomodar este desvío.
Para crear el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), adscrito al Departamento de Justicia; definir sus, facultades, funciones y deberes; asignar los recursos necesarios para su constitución y operación; establecer penalidades; así como enmendar los Artículos 1.03, 1.06, 1.16 y 2.04; derogar el Capítulo 7, reenumerar el actual Capítulo 8 como nuevo Capítulo 7; reenumerar los actuales Artículos 8.01 al 8.07, como los nuevos Artículos 7.01 al 7.07 respectivamente, de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; separando el mismo de este departamento; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa crea el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) y lo adscribe al Departamento de Justicia, separándolo del Departamento de Seguridad Pública (DSP). Enmienda la Ley 20-2017 para eliminar el NIE del DSP, reenumerar capítulos y artículos, y define las facultades, funciones y recursos del nuevo NIE. Afecta directamente a los empleados del NIE, al Departamento de Justicia, al Departamento de Seguridad Pública y a los ciudadanos bajo investigación por el NIE.
Para añadir un nuevo acápite (3) al inciso (b) del Artículo 127C de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de establecer las penas fijas de reclusión en casos de explotación financiera a personas de edad avanzada o con impedimentos; reenumerar el actual acápite (3) del inciso (b) del Artículo 127C de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” como acápite (4); y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 742 buscaba añadir un nuevo acápite al Artículo 127C(b) del Código Penal de Puerto Rico (Ley 146-2012). El propósito era establecer penas fijas de reclusión para casos de explotación financiera dirigidos a personas de edad avanzada o con impedimentos. La medida también proponía reenumerar un acápite existente. Afectaría a personas acusadas de dicho delito y al sistema judicial en la imposición de sentencias.
Para enmendar el Artículo 18.1 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico a Favor de los Adultos Mayores”, a los fines de añadir al Negociado de Investigaciones Especiales de Puerto Rico, como una de las instituciones a las que se le podrá hacer un referido en casos de explotación financiera de adultos mayores y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 608 buscaba enmendar el Artículo 18.1 de la Ley 121-2019 (Carta de Derechos y Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores). La enmienda añadiría al Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) como una de las entidades a las que las instituciones financieras deben referir casos de sospecha de explotación financiera de adultos mayores, además de las ya existentes (Policía, Departamento de la Familia, Procuraduría de Personas de Edad Avanzada). La medida fue rechazada.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.