Qué propone
Esta medida la Ley 144-2020 para designar formalmente a los agentes del orden público como personal de primera respuesta en emergencias. Además, expande la definición de "Agente del Orden Público" bajo dicha ley para incluir al Administrador, Supervisores, Inspectores, Técnicos y Oficiales de la División de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Esto les otorga las facultades de "Agente del Orden Público" durante declaraciones de emergencia o desastre, como hacer cumplir leyes, investigar delitos, arrestar y portar armas, alineándose con poderes que ya poseen bajo su .
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la discusión histórica sobre la reestructuración del aparato de seguridad estatal, como la Ley 20-2017 que centralizó agencias bajo el Departamento de Seguridad Pública. La medida busca expandir la definición de "Agente del Orden Público" para incluir a personal de Pesas y Medidas, otorgándoles facultades de primera respuesta, lo que refleja una tendencia a redefinir y ampliar las funciones de seguridad en situaciones de emergencia.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 986, fue presentada el 23 de enero de 2026 y de Puerto Rico el 22 de junio de 2026 con . Actualmente, el texto aprobado ha sido enviado a la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (23)
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Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1.02 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; y enmendar el Artículo 4 de la Ley 144-2020, según enmendada, conocida como la “Ley para Unificar las Funciones de los Agentes del Orden Público en Puerto Rico en el caso de una Declaración de Emergencia o Desastre”; a los fines de incluir a los Inspectores de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor dentro de la definición de “Agente del Orden Público”; y para otros fines relacionados.
Esta medida, el P. de la C. 1077, enmienda la Ley de Armas de Puerto Rico (168-2019) y la Ley para Unificar las Funciones de los Agentes del Orden Público en Emergencias (144-2020). El cambio principal es incluir a los Inspectores de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) dentro de la definición de 'Agente del Orden Público' en ambas leyes. Esto busca mejorar la coordinación gubernamental y la respuesta en situaciones ordinarias y extraordinarias, reconociendo su labor fiscalizadora y de protección al consumidor.
Para enmendar el inciso (40) del Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, y enmendar la Sección 7 de la Ley Núm. 145 de 27 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Pesas y Medidas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los Agentes de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor como servidores públicos de alto riesgo y reconocerlos como agentes del orden público; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley del Sistema de Retiro para incluir a los Agentes de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) como servidores públicos de alto riesgo, lo que podría afectar sus beneficios de jubilación. Además, enmienda la Ley de Pesas y Medidas para autorizar explícitamente a estos agentes a portar armas de fuego y ser considerados como 'Agentes del Orden Público'. La implementación requerirá reglamentación por parte del DACO y el Sistema de Retiro.
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