Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 275 ordena al Departamento de Agricultura, a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación a liberar las restricciones y condiciones de preservación e indivisión sobre un predio de terreno específico (Finca Núm. 10,631 en Comerío, inscrita a favor de Rubén Rivera Burgos y Angelina Ortiz Rodríguez). Esto se hace al amparo de la Ley Núm. 107 de 1974, que regula las fincas del Programa de Fincas de Tipo Familiar. La medida otorga un plazo de 120 días para que las agencias ejecuten esta liberación, afectando directamente a los titulares actuales del terreno y buscando atemperar la realidad registral a cambios sociales y demográficos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la historia de la Autoridad de Tierras y la Ley 26 de 1941, que buscaba salvaguardar terrenos aptos para el cultivo. La liberación de restricciones sobre el predio en Comerío refleja la tensión histórica entre la preservación de suelos agrícolas y las presiones de desarrollo, como se menciona en el fragmento sobre "Custodia y ordenamiento territorial".
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 275 fue el 23 de marzo de 2026 y posteriormente referida al Senado, donde recibió un con de la Comisión de Agricultura el 10 de junio de 2026, y se encuentra en trámite para su consideración final.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número trece (13) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Setenta y Nueve (79), otorgada en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, sobre la Finca Número Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Seis (6,496), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta y Nueve (149) del Tomo Noventa y Uno (91) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Ramon Febo Rodríguez, también conocido como Ramon Febus Rodríguez y doña Rosenda Burgos Ortiz, ambos fenecidos
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico liberar las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 sobre un predio específico (Finca "Vega Redonda", predio 13) que fue originalmente asignado bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar. La medida establece un plazo de 120 días para que estas agencias procedan con la liberación, afectando directamente a los herederos de los titulares originales de dicha finca.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número tres (3) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación expedida en San Juan, Puerto Rico, el 24 de mayo de 1985, por Antonio González Chapel, sobre la Finca Número Seis Mil Seiscientos Sesenta (6,660), inscrita al Folio Número Doscientos Ochenta y Nueve vuelto (289 vto) del Tomo Noventa y Tres (93) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Jacinto Meléndez Franco y Doña Virginia Meléndez Castrodad, ambos fallecidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (marcado con el número 3 en el Plano de Subdivisión de la finca 'Vega Redonda', en Comerío). Afecta directamente a los herederos o actuales poseedores de dicho terreno, permitiéndoles formalizar la propiedad sin las limitaciones agrícolas originales.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número diecinueve (19) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación de Titulo con Restricciones, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 30 de abril de 1993, ante el Director Ejecutivo del Departamento de Agricultura, José Galarza Custodio sobre la Finca Número Ocho Mil Doscientos Catorce (8,214), inscrita al Folio Número Cincuenta y Cuatro (54) del Tomo Ciento Veintisiete (127) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Doña Ramona Bermúdez Cruz, fallecida.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a eliminar las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas sobre un predio de terreno específico (Finca Número 8,214, marcado como número 19 en el Plano de Subdivisión de la finca 'Vega Redonda', en Comerío). Estas restricciones fueron establecidas bajo la Ley Núm. 107 de 1974, relacionada con el Programa de Fincas de Tipo Familiar. La medida afecta directamente a los herederos de la titular original, Doña Ramona Bermúdez Cruz, permitiéndoles regularizar la propiedad de este terreno.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número Quince (15) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura Número Ochenta y Uno (81), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979 ante el Notario Público Bolivar Dones Rivera, sobre la Finca Número Seis Mil Novecientos Noventa y Uno (6,991) inscrita al Folio Veintiséis (26) Número Tomo Cien (100) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Manuel Gómez Rivera (fallecido).
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (Finca Núm. 6,991, predio 15 de la finca 'Vega Redonda') originalmente adquirido bajo el Programa de Fincas Familiares. El propósito es permitir que los herederos del titular original puedan poseer la propiedad sin dichas limitaciones, adaptando las inscripciones registrales a la realidad actual.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dieciocho (18) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 83, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Ramos Rivera, sobre la Finca Número Seis Mil Quinientos (6,500), inscrita al Folio Número Ciento Setenta y Ocho (178) del Tomo Ciento Sesenta y Uno (161) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Ramón Alvelo Torres y Doña Sofía Rolón Fontánez, ambos fallecidos.
La Resolución Conjunta de la Cámara 273 ordena al Departamento de Agricultura, a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación liberar las restricciones de preservación e indivisión sobre un predio de terreno específico (Finca 'Vega Redonda', predio 18) previamente anotadas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. La medida establece un plazo de 120 días para que estas agencias procedan con la liberación, afectando directamente a los herederos de los titulares originales de la finca, Don Ramón Alvelo Torres y Doña Sofía Rolón Fontánez, permitiéndoles poseer el terreno sin las condiciones agrícolas originales.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.