Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 308 ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATL) a liberar las condiciones y restricciones de una parcela específica de terreno (DR-88) de 25.1264 cuerdas en el Proyecto Soller, municipio de Camuy. El propósito es permitir la segregación de esta finca a favor de sus titulares, mientras se mantienen las restricciones de uso agrícola para el resto de la propiedad. Esta medida afecta directamente a los titulares de la finca DR-88 y a la Autoridad de Tierras en su rol de administradora.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 308 fue presentada el 12 de marzo de 2026 y el 11 de junio de 2026. Actualmente, ha sido enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 15 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (43)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el Número Nueve (9), localizado en el Barrio Cialitos del término municipal de Ciales, Puerto Rico; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de varios solares de hasta ochocientos (800) metros cuadrados cada uno del mencionado terreno, correspondiente dichos solares a los predios en los cuales ubican las residencias sitas en la finca; y para otros fines pertinentes.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATPR) liberar las restricciones de preservación e indivisión sobre un predio específico de terreno (finca número 9) en Ciales, previamente impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. También instruye a la Junta de Planificación (JP) a permitir la segregación de solares de hasta 800 metros cuadrados en dicha finca, donde ubican residencias. El cambio busca alinear la realidad registral con la física del terreno tras más de 30 años de su traspaso.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones de la Finca I, Proyecto La Victoria S-21-B en el Municipio de Camuy, Barrio Quebrada, en la Carretera 455, Km 0.4 a los fines de permitir la segregación de esta finca a favor de los poseedores usufructuarios don Porfirio Galán Rodríguez y doña maría Ramírez Torres; considerándose las restricciones y condiciones de uso agrícola al remanente de la finca.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones de una finca específica (Finca I, Proyecto La Victoria S-21-B en Camuy) para permitir su segregación a favor de los poseedores usufructuarios, don Porfirio Galán Rodríguez y doña María Ramírez Torres. La Autoridad de Tierras tiene un plazo de 60 días para cumplir. Se considera la aplicación de restricciones de uso agrícola al remanente de la finca.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno identificado en el plano de mensura como Parcela 12 y Parcela 12-A según identificadas en el plano de subdivisión del Proyecto Flor de Alba, localizado en el Barrio Cialitos del término municipal de Ciales, Puerto Rico; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de solares; y para otros fines pertinentes
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a eliminar las restricciones de preservación e indivisión anotadas sobre las Parcelas 12 y 12-A del Proyecto Flor de Alba en Ciales, impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 (Programa de Fincas de Tipo Familiar). También instruye a la Junta de Planificación a permitir la segregación de solares en estas parcelas. Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de estas fincas y a las agencias involucradas en la administración de la propiedad y planificación territorial.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el Número 28 en el Plano de Subdivisión de la finca Martineau, sita en el barrio Florida del término municipal de Vieques, Puerto Rico; compuesta de trece cuerdas con doscientos noventa y dos diez milésimas de otra (13.0292), equivalentes a cincuenta y un mil doscientos nueve metros Cuadrados con nueve mil ciento siete diezmilésimas (51,209.9107). Colinda al Norte, con finca individual número 27; por el Sur, con finca individual-número 29; por el Este, con camino que los separa de las fincas individuales números 34 y 33 y por Oeste, con finca individual número 22.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a liberar un predio de terreno específico (13.0292 cuerdas en Vieques, marcado como Número 28 en el Plano de Subdivisión de la finca Martineau) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. Afecta directamente a los poseedores actuales de esta parcela, permitiendo la eliminación de dichas cargas registrales y de uso.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno identificado en el plano de mensura como lote número siete (7), localizado en el Barrio Cialitos del término municipal de Ciales, Puerto Rico; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de solares; y para otros fines pertinentes.
Esta Resolución Conjunta buscaba ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATPR) que liberara las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio específico de 13.28 cuerdas en Ciales (lote 7, Barrio Cialitos). También pretendía instruir a la Junta de Planificación (JP) para que permitiera la segregación de solares en dicho terreno. La medida afectaba directamente a los herederos de los compradores originales de la finca y a la gestión registral y de planificación sobre esa propiedad.
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