Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATL) a liberar las condiciones y restricciones de uso agrícola de una finca específica (Finca I, Proyecto La Victoria S-21-B) en Camuy, permitiendo su segregación a favor de dos poseedores usufructuarios, don Porfirio Galán Rodríguez y doña María Ramírez Torres. La medida establece un plazo de 60 días para que la ATL cumpla con esta orden. Se considera que el remanente de la finca mantendrá sus restricciones de uso agrícola.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se relaciona con el legado de asentamientos informales y la informalidad en la titularidad de la vivienda, un problema histórico en Puerto Rico. La liberación de restricciones para permitir la segregación a favor de poseedores usufructuarios busca formalizar la tenencia de la tierra, un desafío que ha afectado a miles de familias, especialmente en el contexto de la asistencia por desastres naturales.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue presentada en la Cámara de Representantes el 12 de marzo de 2026, referida a la Comisión de Agricultura, y el 11 de junio de 2026. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde apareció en Primera Lectura el 15 de junio de 2026 y referida a comisión.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (43)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones de la parcela de terreno marcada con el número DR guión ochenta y ocho (DR-88), en el Plano de Subdivisión del Proyecto Soller, sita en el Barrio Quebrada del término municipal de Camuy, Puerto Rico, compuesto de veinticinco cuerdas con mil doscientas sesenta y cuatro diezmilésimas de otra (25.1264 cdas.), equivalentes a noventa y ocho mil setecientos cincuenta y seis punto seis mil quinientos dieciocho metros cuadrados (98,756.6518 mc) la cual colinda por el Norte con la Finca número ochenta y siete (87); por el Sur con la Finca número ochenta y nueve (89); por el Este con camino que la separa de la finca número ochenta y tres (83) y carretera estatal número cuatrocientos cincuenta y cinco (455); y por el Oeste con la finca número ochenta y ocho (88) e Iván Martínez, a los fines de permitir la segregación de esta finca a favor de los titulares; considerándose las restricciones y condiciones de uso agrícola al remanente de la finca.
Esta resolución conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones de una parcela específica de terreno (DR-88) de 25.1264 cuerdas en Camuy, para permitir su segregación a favor de los titulares. La medida busca facilitar la división de esta finca, mientras se considera mantener las restricciones de uso agrícola para el remanente de la propiedad. Afecta directamente a los actuales poseedores o titulares de esta parcela y a la Autoridad de Tierras, que debe ejecutar la orden.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, la finca número doce mil noventa (12,090), inscrita al folio tomo de hoja móvil doscientos setenta y uno (271) de Morovis, Registro de la Propiedad de Manatí.
Esta resolución conjunta ordena a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación que liberen las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas a la finca número 12,090 en Morovis, inscrita en el Registro de la Propiedad de Manatí. Estas restricciones se basaban originalmente en la Ley Núm. 107 de 1974, destinada a salvaguardar el uso agrícola de las tierras. La medida afecta directamente a los actuales titulares de la finca y sus herederos, permitiéndoles la libre disposición y posible subdivisión del terreno sin las limitaciones agrícolas originales.
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