Qué propone
Esta medida ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a remover restricciones de preservación e indivisión previamente anotadas sobre un predio de terreno específico (marcado como número 4 en el plano de subdivisión del Proyecto Mayaguecillo, en Las Marías). Estas restricciones fueron impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. El objetivo es liberar dicho terreno, que fue transferido por la Corporación para el Desarrollo Rural a Jesús Laracuente Rodríguez e Irene Aponte Mora.
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Contras
Última acción · 19 de diciembre de 2025
Res. Conj. 51-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (48)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dos (2) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 77, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Dones Rivera, sobre la Finca Número Siete Mil Setecientos Tres (7,703), inscrita al Folio Número Setenta (70) del Tomo Ciento Quince (115) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Cristino Torres López y Doña Carmen María Ortega Ruiz, ambos fallecidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a liberar de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (parcela número 2 de la finca "Vega Redonda" en Comerío). Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de esta propiedad, permitiéndoles normalizar su tenencia y uso ante el Registro de la Propiedad.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número Diez (10) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura Número Treinta y Tres (33), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 24 de junio de 1981 ante el Notario Público Rafael Pérez Fussa, sobre la Finca Número Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Nueve (6,659) inscrita al Folio Número Doscientos Ochenta y Cuatro (284) Tomo Noventa y Tres (93) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Pedro Reyes Alicea y Jesusa Ríos Ortiz, ambos fallecidos
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con la custodia y ordenamiento territorial de Puerto Rico, un tema que ha sido central desde la reforma agraria de 1941 y la creación de la Autoridad de Tierras. La liberación de las restricciones sobre el predio en Las Marías refleja la tensión histórica entre la preservación de los suelos agrícolas y las presiones por el desarrollo, la rezonificación o la liberación de terrenos para otros usos.
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 30) fue el 12 de junio de 2025 y por el Senado el 3 de noviembre de 2025, con . Finalmente, fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos y , quien la firmó el 20 de noviembre de 2025, convirtiéndose en la Resolución Conjunta 51-2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
A favor (20)
Abstenido (1)
Ausente (1)
A favor (48)
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen un predio de terreno específico (marcado con el número Diez (10) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, Finca Núm. 6,659 en Comerío) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. La medida busca permitir que los herederos de los titulares originales puedan poseer legalmente la tierra, independientemente de su uso actual o pasado agrícola.
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