Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a liberar un predio de terreno específico (marcado con el número 24 en el plano de subdivisión de la finca “Vega Redonda”, Finca 7069 en Comerío) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas por la Ley Núm. 107 de 1974. El propósito es permitir a los herederos de los titulares originales completar trámites legales y poseer el terreno como dueños, adaptando la realidad registral a la situación actual del predio, que se alega ya no tiene un uso prioritariamente agrícola.
Pros
Contras
Última acción · 26 de febrero de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (49)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dos (2) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 77, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Dones Rivera, sobre la Finca Número Siete Mil Setecientos Tres (7,703), inscrita al Folio Número Setenta (70) del Tomo Ciento Quince (115) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Cristino Torres López y Doña Carmen María Ortega Ruiz, ambos fallecidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a liberar de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (parcela número 2 de la finca "Vega Redonda" en Comerío). Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de esta propiedad, permitiéndoles normalizar su tenencia y uso ante el Registro de la Propiedad.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número trece (13) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Setenta y Nueve (79), otorgada en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, sobre la Finca Número Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Seis (6,496), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta y Nueve (149) del Tomo Noventa y Uno (91) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Ramon Febo Rodríguez, también conocido como Ramon Febus Rodríguez y doña Rosenda Burgos Ortiz, ambos fenecidos
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con el tema de la custodia y ordenamiento territorial de los suelos agrícolas, un aspecto central de la política pública desde la reforma agraria de 1941. La liberación de restricciones en un predio específico refleja la tensión histórica entre la preservación de terrenos aptos para el cultivo y las presiones por rezonificación o desarrollo, como se discute en el fragmento sobre la Autoridad de Tierras y las reservas agrícolas.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 130 fue el 13 de noviembre de 2025. Posteriormente, fue referida al Senado, donde una comisión rindió un con el 26 de febrero de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas sobre un predio de terreno específico (marcado como número 13 en la finca "Vega Redonda", según consta en la Escritura 79 de 1979). Estas restricciones se basaban en la Ley Núm. 107 de 1974, que protegía el uso agrícola de las fincas del Programa de Fincas Familiares. La medida afecta a los herederos de los titulares originales y establece un plazo de 120 días para que las agencias ejecuten la liberación de dichas restricciones.
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