“Para ordenar al Departamento de Salud cumplir con lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley 23- 2023, que requiere la aprobación y publicación de un reglamento para uniformar la provisión del servicio de etiquetas parlantes a pacientes ciegas o con discapacidad visual en las farmacias establecidas en Puerto Rico.”
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud de Puerto Rico a cumplir de inmediato con el mandato del Artículo 5 de la Ley 23-2023. Dicho mandato requiere la aprobación y publicación de un para implementar el servicio de etiquetas parlantes en farmacias, asegurando que pacientes ciegos o con discapacidad visual reciban información sobre sus medicamentos. La medida afecta directamente a pacientes con estas condiciones visuales y a las farmacias que les dispensan medicamentos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 29 de abril de 2025, aprobada sin por el Senado el 16 de octubre de 2025, y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 23 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
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A favor (26)
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Para ordenar al Departamento de Salud cumplir con lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley 23-2023, que requiere la aprobación y publicación de un reglamento para uniformar la provisión del servicio de etiquetas parlantes a pacientes ciegas o con discapacidad visual en las farmacias establecidas en Puerto Rico.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud a cumplir de inmediato con el Artículo 5 de la Ley 23-2023. Dicho artículo requería que el Departamento aprobara y publicara un reglamento para la implementación del servicio de etiquetas parlantes en farmacias para pacientes ciegos o con discapacidad visual. La medida busca asegurar que dicho reglamento sea emitido y conocido, garantizando así la provisión uniforme de este servicio esencial.
Para ordenar al Departamento de Salud requerir créditos de educación continua a proveedores y profesionales de salud en temáticas de concientización y sensibilidad con las personas con discapacidades en todas sus modalidades.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud de Puerto Rico a requerir que los proveedores y profesionales de la salud completen créditos de educación continua sobre temáticas de discapacidad. Específicamente, se les exigirá formación en concientización y sensibilidad hacia personas con discapacidades en todas sus modalidades, incluyendo lenguaje de señas y el Sistema Braille. El objetivo es mejorar la calidad y el trato en los servicios de salud ofrecidos a esta población.
Para enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley 23-2023, conocida como “Ley del Servicio de Etiquetas Parlantes en las Farmacias en Puerto Rico”, a los fines de establecer la responsabilidad de las aseguradoras médicas en cuanto a los servicios especializados que requieran las personas ciegas o con impedimento visual, aportando al costo del servicio de etiquetas parlantes, bajo los parámetros de esta Ley; definir persona ciega y con deficiencia visual grave; y para otros fines relacionados; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda la Ley 23-2023, conocida como 'Ley del Servicio de Etiquetas Parlantes en las Farmacias en Puerto Rico'. Busca establecer la responsabilidad de las aseguradoras médicas en la aportación al costo del servicio de etiquetas parlantes para personas ciegas o con impedimento visual grave. También define los términos 'ciego o ceguera' y 'discapacidad visual' según criterios médicos y de la Organización Mundial de la Salud, y establece un reglamento para su implementación.
Para enmendar la Sección 1 de la Resolución Conjunta 43-2024 a los fines de establecer la cantidad fija de un millón (1,000,000) de dólares para el Centro de Diagnóstico y Tratamiento (CDT) del municipio de Santa Isabel; ordenar que dicha cantidad sea fijada en los presupuestos del Gobierno de Puerto Rico para los próximos años fiscales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta (RCC) 45 enmienda la Sección 1 de la Resolución Conjunta 43-2024 para fijar específicamente la cantidad de un millón (1,000,000) de dólares anuales para la operación del Centro de Diagnóstico y Tratamiento (CDT) de Santa Isabel. Ordena que esta cantidad sea incluida en los presupuestos futuros del Gobierno de Puerto Rico y establece mecanismos para asegurar que la asignación total para el CDT de Santa Isabel no sea menor a un millón de dólares en el Año Fiscal 2024-25, incluso si fondos ya asignados deben ser complementados con sobrantes del Fondo General.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre los efectos de la puesta en vigor del Medicare Transaction Facilitator (establecido por los Centers for Medicare & Medicaid Services como componente operativo del Medicare Drug Price Negotiation Program, creado bajo la Inflation Reduction Act de 2022) sobre el precio y accesibilidad de los medicamentos para las farmacias y pacientes en Puerto Rico.
La Resolución de la Cámara 519 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar los efectos específicos que la implementación del Medicare Transaction Facilitator (MTF), un componente del programa federal de negociación de precios de medicamentos bajo la Inflation Reduction Act de 2022, tiene sobre el costo y la accesibilidad de los medicamentos para las farmacias y los pacientes en Puerto Rico. La Comisión deberá presentar un informe detallado con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida.
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