Qué propone
Esta medida la Ley Núm. 75 de 1925 para actualizar los requisitos de admisión a la práctica de la cirugía dental en Puerto Rico. Elimina la referencia exclusiva a la Escuela de Medicina Dental de la UPR como único modelo para reconocer escuelas dentales extranjeras y permite la acreditación de cualquier escuela dental acreditada por la Commission on Dental Accreditation (CODA). Afecta a aspirantes a dentistas y a la Junta Dental Examinadora.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida, al actualizar los requisitos de admisión a la práctica dental, se relaciona con el tema de la gobernanza y la regulación profesional en el sector de la salud, como se discute en el fragmento sobre la colegiación compulsoria. Ambos abordan cómo se establecen y controlan los estándares para ejercer una profesión de la salud en Puerto Rico, aunque la medida se enfoca en la admisión y los fragmentos en la colegiación.
En qué va
el 30 de abril de 2026, la medida (P. de la C. 1059) fue enviada al Senado para su consideración, donde ha sido referida a comisión y está en trámite.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar las Secciones 1, 9, 9A, y 11, de la Ley Núm. 75 de 8 de agosto de 1925, a los fines de actualizar los requisitos de admisión a la práctica de la cirugía dental en Puerto Rico; y atemperar las disposiciones de dicha ley al establecimiento de nuevas escuelas dentales en la Isla con programas conducentes al grado de Doctor en Medicina Dental; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 803 buscaba enmendar la Ley Núm. 75 de 1925, que regula la práctica de la cirugía dental en Puerto Rico. Su objetivo principal era actualizar los requisitos para obtener una licencia dental, reconociendo la acreditación de nuevas escuelas dentales privadas por la Commission on Dental Accreditation (CODA) y eliminando la referencia exclusiva a la Escuela de Medicina Dental de la Universidad de Puerto Rico como único referente. También ajustaba disposiciones sobre licencias provisionales para docentes extranjeros y reconocía programas de ubicación avanzada para dentistas graduados.
Para enmendar la Sección 14L de la Ley Núm. 75 de 8 de agosto de 1925, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Dental Examinadora” a los fines de facultar a la Junta Dental Examinadora de Puerto Rico a emitir licencias provisionales a asistentes dentales; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley de la Junta Dental Examinadora para facultar a dicha Junta a emitir licencias provisionales a asistentes dentales. Esto permitiría a la Junta establecer un mecanismo para otorgar permisos temporales a estos profesionales, afectando directamente a los asistentes dentales que buscan ejercer bajo esta modalidad y a la Junta Dental Examinadora en su función administrativa y de fiscalización.
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