Para declarar el 21 de marzo de cada año como el "Dia de las Mujeres Tocadoras y Bailadoras de Bomba de Loiza", en reconocimiento a su aportación a la cultura afrocaribeña de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Ley 149-2026 declara el 21 de marzo de cada año como el "Día de las Mujeres Tocadoras y Bailadoras de Bomba de Loíza". La medida define a estas mujeres como aquellas nacidas o residentes en Loíza que practican la percusión en la tradición de la bomba. Exhorta a entidades públicas y privadas a realizar actividades conmemorativas y faculta al Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) a coordinar estas actividades, incluyendo programas de aprendizaje intergeneracional.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Ley 149-2026 fue el 12 de mayo de 2026 y por el Senado el 22 de junio de 2026. Fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos legislativos y el 14 de julio de 2026, siendo promulgada como ley el 29 de julio de 2026. La firman representantes del PNP y del PIP.
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Última acción · 29 de julio de 2026
Ley 149-2026
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para decretar en Puerto Rico el 6 de febrero de cada año, como el "Dia de la Mujer en la Historia Deportiva Puertorriqueña", con el propósito de dar a conocer y reconocer las grandes ejecutorias y aportaciones de la mujer en la historia deportiva puertorriqueña; y para otros fines relacionados.
La Ley 68-2026 decreta el 6 de febrero de cada año como el "Día de la Mujer en la Historia Deportiva Puertorriqueña". Su propósito es dar a conocer y reconocer las ejecutorias y aportaciones de las mujeres en el deporte puertorriqueño. El Gobernador emitirá una proclama anual, y el Departamento de Recreación y Deportes, junto a otras entidades, coordinará actividades de conmemoración. La ley entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para designar el cuarto jueves del mes de abril de cada año como el "Dia Oficial de las Niñas y Mujeres en STEM" en Puerto Rico, reconociendo el valor del mérito, el potencial individual y la importancia de fomentar la educación en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas como base para el progreso socioeconómico de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Ley 67-2026 designa el cuarto jueves de abril de cada año como el "Día Oficial de las Niñas y Mujeres en STEM" en Puerto Rico. Su propósito es fomentar la participación equitativa de mujeres y niñas en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, promoviendo oportunidades educativas y profesionales, y fortaleciendo alianzas entre el gobierno, instituciones educativas, el sector privado y entidades sin fines de lucro.
Para declarar el 7 de enero de cada año como el “Día Nacional del Caballista” en Puerto Rico; reconocer la aportación social, cultural, deportiva y económica del sector ecuestre y de los caballistas puertorriqueños; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone declarar el 7 de enero de cada año como el "Día Nacional del Caballista" en Puerto Rico. Busca reconocer formalmente la aportación social, cultural, deportiva y económica del sector ecuestre y de los caballistas puertorriqueños. La ley exhorta a agencias públicas, municipios y entidades privadas a realizar actividades conmemorativas y delega al Instituto de Cultura Puertorriqueña y al Departamento de Recreación y Deportes la colaboración en la promoción de la fecha. Afecta directamente a los caballistas, al sector ecuestre y a las entidades gubernamentales y cívicas que participen en la conmemoración.
Para crear la “Ley del Traje Representativo de Puerto Rico”, a los fines de adoptar, actualizar y ampliar las características de diseño y confección del Traje Representativo de Puerto Rico en sus modalidades femenina y masculina; distinguir sus elementos esenciales de sus elementos recomendados; designar al Instituto de Cultura Puertorriqueña como entidad custodia y responsable de su divulgación, exhibición y preservación; autorizar acuerdos de colaboración con entidades académicas, culturales y sin fines de lucro; proteger la denominación oficial del Traje; derogar la Ley Núm. 21 de 19 de abril de 1983; y para otros fines relacionados.
Crea la Ley del Traje Representativo de Puerto Rico y define modalidades femenina y masculina, con elementos esenciales para reconocer el traje oficial y otros de uso recomendado. Ordena al Instituto de Cultura Puertorriqueña adoptar en 180 días una ficha técnica ilustrada con patrones en diversas tallas y tolerancias, y abrir en el mismo plazo una exhibición pública; los patrones y materiales deberán ofrecerse gratis. Encarga al Instituto la custodia y divulgación, y al Departamento de Educación promover la enseñanza del traje; el Instituto debe informar a la Asamblea Legislativa a los 210 días y al año. Deroga por completo la Ley Núm. 21 de 1983 y sustituye el traje y el marco que esa ley había establecido.
Para decretar en Puerto Rico el 2 de abril de cada año coma el "Día de la Historia Deportiva Ponceña" en reconocimiento a la gran historia deportiva del pueblo de Ponce; y para otros fines relacionados.
La medida decreta el 2 de abril de cada año como el "Día de la Historia Deportiva Ponceña" en Puerto Rico. Se establece que el Gobernador emitirá una proclama anual conmemorativa. El Departamento de Recreación y Deportes, en coordinación con el Municipio de Ponce y otras entidades, adoptará medidas para la promoción y celebración de actividades relacionadas con este día. Afecta a la ciudadanía en general, al gobierno central (Gobernador, Departamento de Recreación y Deportes) y al Municipio de Ponce.
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