Qué propone
El Proyecto de la Cámara 1268 el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley 206-2004 (Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia). Su propósito es formalizar y mejorar la coordinación entre la Academia del Ministerio Público, la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses. El enfoque principal es el adiestramiento y manejo de escenas de crimen, crímenes violentos y otros delitos graves, afectando directamente a las agencias de seguridad y justicia y al personal que interviene en estas investigaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el esfuerzo histórico por profesionalizar y reformar las agencias de seguridad y justicia en Puerto Rico, un proceso que ha estado bajo fiscalización federal debido a patrones de uso excesivo de la fuerza y corrupción. La coordinación propuesta busca mejorar la respuesta a crímenes violentos, un área que ha sido objeto de escrutinio público y reformas legales, como la declaración de emergencia por violencia de género.
En qué va
La medida, P. de la C. 1268, fue el 11 de mayo de 2026 y con el 23 de junio de 2026. Actualmente, ha sido enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”, con el fin de implementar la coordinación entre la Academia de Fiscales, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses enfocada en el adiestramiento y manejo de escenas del crimen, crímenes violentos, masacres, asesinatos por acecho, intrafamiliares, contra adultos mayores, que involucren menores de edad, así como aquellos productos de la incesante espiral de violencia doméstica; y para otros fines relacionados
El Proyecto de la Cámara 383 buscaba enmendar el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206-2004, Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia. Su objetivo era formalizar la coordinación y adiestramiento entre la Academia del Ministerio Público, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses en el manejo de escenas del crimen y casos de violencia extrema, incluyendo crímenes violentos, masacres, asesinatos por acecho, violencia intrafamiliar, contra adultos mayores y menores, y violencia doméstica. La medida fue vetada por la Gobernadora.
Para añadir un nuevo inciso (k) al Artículo 27, y enmendar el Artículo 38 de la Ley 83-2025, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, a los fines de proveer para la creación de un currículo que ofrezca un adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica, proporcionando herramientas útiles a los miembros de la Policía de Puerto Rico para intervenir, interactuar, orientar y proteger a las personas víctimas de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 922 enmienda la Ley 83-2025 (Ley de la Policía de Puerto Rico) para añadir un nuevo inciso (k) al Artículo 27 y modificar el Artículo 38. Busca establecer un currículo de adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica para todos los miembros de la Policía, incluyendo cadetes y personal en servicio, con un mínimo de 40 horas para cadetes y 20 horas anuales de readiestramiento para el personal. Afecta directamente a los miembros de la Policía de Puerto Rico y, por extensión, a las víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica.
Para enmendar el Artículo 18 (p), el Artículo 45 (i), el Artículo 53 (f) y (h), y añadir un nuevo inciso (f) al Artículo 72 de la Ley 205-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Justicia”; y añadir un nuevo inciso (k) al Artículo 5 de la Ley 206-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”; a los fines de establecer las horas requeridas en adiestramientos sobre la violencia doméstica, tanto a los fiscales como a los procuradores de familia y menores del Departamento de Justicia; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 548 propone enmendar la Ley Orgánica del Departamento de Justicia (Ley 205-2004) y la Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico (Ley 206-2004) para establecer un requisito anual de ocho (8) horas de adiestramiento sobre violencia doméstica para fiscales y procuradores de familia y menores del Departamento de Justicia. Afecta directamente a estos funcionarios y a las víctimas de violencia doméstica al buscar mejorar la calidad y uniformidad de la respuesta del sistema de justicia.
Para enmendar los Artículos 1.11 y 2.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de proveer para la creación de un currículo que ofrezca un adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica, proporcionando herramientas útiles a los miembros del Negociado de la Policía de Puerto Rico para intervenir, interactuar, orientar y proteger a las personas víctimas de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
La medida proponía enmendar los Artículos 1.11 y 2.04 de la Ley 20-2017 (Ley del Departamento de Seguridad Pública) para crear un currículo de adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica para los miembros del Negociado de la Policía de Puerto Rico. El objetivo era dotar a los agentes de herramientas para intervenir, orientar y proteger a las víctimas de violencia doméstica.
Para enmendar el Artículo 2.006 de la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como “Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003”, a los fines de establecer como parte del sistema de educación judicial, adiestramientos sobre la violencia, en especial la doméstica; y para otros fines relacionados.
La medida buscaba enmendar el Artículo 2.006 de la Ley 201-2003 (Ley de la Judicatura) para hacer mandatorio el adiestramiento anual de jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de Apelaciones en temas de violencia doméstica y maltrato/protección de menores. Estos adiestramientos, coordinados con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y el Departamento de Justicia, incluirían talleres sobre trauma, sensibilización y prevención de revictimización.
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