Qué propone
El Proyecto de la Cámara 135 la Ley 85-2018, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Refuerza la necesidad de notificación y autorización de padres o tutores legales para realizar cambios en expedientes estudiantiles solicitados por menores, para intervenciones de psicólogos escolares sobre sexualidad y afectividad, para actividades externas en planteles sobre temas sensibles, y para eventos de vacunación. Establece un plazo de 48 horas de aviso previo para vacunaciones y exige consentimiento escrito para la inoculación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la Ley 85-2018, conocida como Ley de Reforma Educativa, que es el tema de fondo del fragmento 3. La medida busca esta ley para reforzar los derechos parentales en decisiones que afectan a los estudiantes menores de edad, un aspecto que la ley original no abordaba con el mismo nivel de detalle.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 135 fue en enero de 2025 y ha pasado por varias lecturas y comisiones en la Cámara de Representantes, recibiendo un Tercer de la Comisión de Educación el 8 de mayo de 2026.
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Última acción · 8 de mayo de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 11.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", para establecer de manera clara y precisa los derechos de los padres, tutores y encargados de menores de edad en relación con la educación de sus hijos, otorgar la facultad para reglamentar y ampliar dichos derechos; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 11.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) para detallar y ampliar los derechos de padres, tutores y encargados en la educación de sus hijos menores de edad. Establece que la escuela tiene una función subsidiaria, no sustitutiva, de la responsabilidad paterna, y otorga a los padres el derecho exclusivo de seleccionar la forma de educar en temas de sexualidad y afectividad, incluyendo la posibilidad de objeción y evaluaciones alternativas. Afecta directamente a padres, tutores, encargados y al Departamento de Educación.
Para enmendar la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, en su Artículo 1.02 (d) para añadir un subinciso (11); enmendar su Artículo 2.04 (b), subincisos 15 y 42; enmendar el Artículo 2.12 (q)(4); enmendar su Artículo 6.05 (m); enmendar el Artículo 9.02, para añadir un nuevo inciso (h); y, enmendar el Artículo 11.01, para añadir un inciso (h), a los fines de establecer como parte de la política pública del sistema educativo la inclusión de los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza, en los protocolos que atienden situaciones donde se coloca en peligro la seguridad e integridad física de los estudiantes de las escuelas públicas, y establecer el deber continuo de mantenerlos informados; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 119 enmienda la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para establecer como política pública la inclusión obligatoria de padres, madres o encargados en los protocolos de seguridad escolar que atienden situaciones de peligro para los estudiantes. Requiere que se les mantenga informados continuamente sobre estos protocolos y las situaciones que afecten la seguridad de sus hijos. La medida impacta directamente al Departamento de Educación, directores escolares, personal docente y no docente, y a las familias de estudiantes del sistema público de enseñanza.
Para enmendar los Artículos 14.02 у 14.08 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de añadir una sexta modalidad al Programa de Libre Selección de Escuelas para que las víctimas de violencia doméstica puedan matricular a sus dependientes en escuelas más cercanas al lugar donde sus residencias están sitas o transferirlos a escuelas de su preferencia; otorgar a los dependientes de estas prioridad para la concesión de un Certificado bajo el referido Programa; y renumerar el inciso (f) como (g) en el Artículo 14.08.
Esta ley enmienda los Artículos 14.02 y 14.08 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) para añadir una sexta modalidad al Programa de Libre Selección de Escuelas. Esta nueva modalidad permite a dependientes de víctimas de violencia doméstica matricularse en escuelas cercanas a su residencia o transferirse a escuelas de su preferencia, otorgándoles prioridad para la obtención de un certificado bajo dicho programa. Se renumeró el inciso (f) como (g) en el Artículo 14.08.
Para añadir un nuevo inciso (11) y renumerar los actuales incisos (11) al (59) como los incisos (12) al (60), respectivamente del Artículo 1.03 del Capítulo I; añadir un nuevo Artículo 6.08, y renumerar y enmendar el actual Artículo 6.08 como el Artículo 6.09 del Capítulo VI de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de definir “Consejo de Estudiantes”; crear un Consejo Estatal de Estudiantes como organismo estudiantil consultivo del sistema público de educación; y realizar correcciones gramaticales y de estilo.
Esta medida enmienda la Ley Núm. 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Añade una definición para 'Consejo de Estudiantes' en el Artículo 1.03 y crea un nuevo Artículo 6.08 para establecer el 'Consejo Estatal de Estudiantes de Puerto Rico'. Este nuevo Consejo será un organismo consultivo adscrito al Departamento de Educación, compuesto por 35 estudiantes (5 por región educativa) de entre 12 y 18 años, electos mediante un proceso de solicitud. Afecta directamente a los estudiantes del sistema público de educación, al Departamento de Educación y a la Asamblea Legislativa.
Para enmendar los subincisos (35) y (63) del inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de garantizar la inclusión de la violencia entre parejas del mismo sexo y la violencia de género en los programas de enseñanza dirigidos a promover la prevención de la violencia doméstica; establecer como requisito de graduación para estudiantes de cuarto año del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico la aprobación de un curso de prevención de violencia doméstica, incluyendo la modalidad de violencia entre parejas del mismo sexo y la violencia de género; instruir al Secretario de Educación, en conjunto con el Comisionado del Negociado de la Policía de Puerto Rico, a rendir un informe anual sobre lo establecido en esta Ley.
Esta medida enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para incluir la violencia entre parejas del mismo sexo y la violencia de género en los programas de prevención de violencia doméstica. Establece como requisito de graduación para estudiantes de cuarto año la aprobación de un curso sobre prevención de violencia doméstica, abarcando estas modalidades. Además, instruye al Secretario de Educación y al Comisionado de la Policía a rendir un informe anual sobre la implementación de estos programas.
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