Para enmendar el Artículo 13.03 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer que el Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, la Policía de Puerto Rico, la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, la Comisión para la Seguridad en el Tránsito y las instituciones hospitalarias incluyan, en sus orientaciones sobre el uso e instalación de asientos protectores, información sobre los mecanismos electrónicos y no electrónicos disponibles para prevenir que infantes sean olvidados en dichos asientos por inadvertencia; establecer que las instituciones hospitalarias, además de verificar la certificación de instalación de los asientos protectores, deberán orientar a los padres o encargados de recién nacidos sobre estos mecanismos preventivos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida el Artículo 13.03 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000 (Ley de Vehículos y Tránsito). Requiere que el Negociado del Cuerpo de Bomberos, la Policía de Puerto Rico, las Oficinas Municipales para el Manejo de Emergencias y la Comisión para la Seguridad en el Tránsito incluyan en sus orientaciones sobre asientos protectores información sobre mecanismos electrónicos y no electrónicos para prevenir que infantes sean olvidados en vehículos. Además, las instituciones hospitalarias deberán orientar a los padres de recién nacidos sobre estos mecanismos, además de verificar la instalación correcta de los asientos protectores.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la reestructuración del aparato de seguridad estatal, que se ejecutó mediante la centralización de sus dependencias operativas bajo una misma entidad sombrilla, el Departamento de Seguridad Pública (DSP), que unificó bajo un solo mando institucional al Negociado de la Policía, el Negociado del Cuerpo de Bomberos y el Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres.
En qué va
La medida fue el 15 de septiembre de 2025, el 19 de febrero de 2026, y posteriormente referida al Senado. La Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rindió un el 8 de junio de 2026, no recomendando su aprobación por considerarla redundante.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 8 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.