Qué propone
Esta medida legislativa el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para incorporar las disposiciones sobre el Programa de Educación y Adiestramiento para la Prevención y Manejo de la Violencia Doméstica para policías municipales. También modifica la Ley 54-1989 para incluir que todo agente de orden público municipal cuente con herramientas y adiestramientos en violencia doméstica. Como resultado, la Ley 59-2020, que creaba dicho programa de forma independiente. Afecta directamente a los policías municipales y al personal de cuarteles municipales, así como a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Policía de Puerto Rico en sus roles de coordinación y adiestramiento.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución de la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como lo demuestra la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la declaración de estado de emergencia por violencia de género. La medida busca consolidar y mejorar la capacitación de los policías municipales en el manejo de la violencia doméstica, lo que es consistente con los esfuerzos multisectoriales para optimizar la protección y el apoyo a las mujeres sobrevivientes.
En qué va
Esta medida legislativa fue el 7 de octubre de 2025 y el 18 de junio de 2026. Posteriormente, fue enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 19 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 59-2020, conocida como “Ley para la Educación, Prevención y Manejo de la Violencia Doméstica para los Municipios de Puerto Rico”, a los fines de ampliar los temas de adiestramiento y capacitación del personal municipal para incluir la no revictimización de la víctima, el manejo de menores testigos en los casos de violencia doméstica, así como proveerles adiestramientos de cómo trabajar con víctimas o testigos de violencia doméstica con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Artículo 4 de la Ley 59-2020 para ampliar el currículo de adiestramiento obligatorio de los policías municipales y personal de cuarteles. Los nuevos temas incluyen la no revictimización de víctimas, el manejo de menores testigos de violencia doméstica y la atención a personas con diversidad funcional. Estos adiestramientos serán adicionales a las horas ya requeridas por el Código Municipal y se establecen como obligatorios.
Para enmendar el inciso (l) del Articulo 3.025 de la Ley 107 -2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de agrupar y consolidar dentro de dicha Ley, todas las disposiciones relativas al Programa de Educación y Adiestramiento para la Prevención y Manejo de la Violencia Doméstica para todos los policias municipales, con el propósito de facilitar y simplificar su aplicación; derogar la Ley 59-2020, conocida como "Ley para la Educación, Prevención y Manejo de la Violencia Doméstica para los Municipios de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Artículo 3.025 de la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para integrar las disposiciones sobre el Programa de Educación y Adiestramiento para la Prevención y Manejo de la Violencia Doméstica para policías municipales dentro de dicho Código. Simultáneamente, deroga la Ley 59-2020, que creaba este programa de forma independiente. Afecta directamente a todos los policías municipales y al personal de cuarteles municipales, así como a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Academia de la Policía.
Para enmendar el Artículo 3.025 (p) de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de ampliar los temas de adiestramiento y capacitación de los policías municipales para incluir la violencia doméstica, la trata humana, el “grooming” y el manejo de intervenciones con personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 3.025 del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para ampliar los temas de adiestramiento y capacitación obligatoria de los policías municipales. Específicamente, añade la violencia doméstica, la trata humana, el 'grooming' y el manejo de intervenciones con personas con diversidad funcional a la formación continua que deben recibir estos agentes.
Para enmendar el Artículo 1.11 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de requerir a los miembros del Departamento de Seguridad Pública, adiestramientos en procesos para identificar, intervenir, interactuar, orientar y proteger a las personas víctimas de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Artículo 1.11 de la Ley 20-2017, conocida como la Ley del Departamento de Seguridad Pública (DSP). Añade un nuevo inciso (k) que exige al Centro de Capacitación y Desarrollo de Seguridad Pública establecer adiestramientos anuales obligatorios de al menos tres horas contacto sobre violencia doméstica para todos los miembros del DSP. Estos adiestramientos deben cubrir identificación, intervención, orientación y protección de víctimas, y se desarrollarán en coordinación con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. Además, se establece un requisito de informe anual al DSP a la Asamblea Legislativa sobre el cumplimiento de estos adiestramientos.
Para crear el “Código Integral para la Prevención, Intervención y Atención contra la Violencia Doméstica en Puerto Rico”, mediante el cual se agrupan y ordenan sistemáticamente, todas las políticas públicas promulgadas para propiciar el desarrollo, establecimiento y fortalecimiento de remedios eficaces, para ofrecer protección y ayuda a las víctimas, así como alternativas para la rehabilitación de los ofensores y estrategias para la prevención de la violencia doméstica en Puerto Rico; para derogar la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”; derogar la Ley Núm. 420-2000, conocida como “Ley de Archivo Electrónico de Órdenes de Protección”; derogar la Ley 88-2005, según enmendada; derogar la Ley 217-2006; derogar la Ley 59-2017; derogar la Ley 117-2018, conocida como “Ley para el Adiestramiento y Capacitación Contra la Violencia Doméstica”; derogar la Ley 47-2018, la cual establecía el Programa de Protección y Prevención de Violencia Doméstica para Mujeres de Nacionalidad Extranjera Residentes en Puerto Rico; derogar la Ley 85-2019; derogar la Ley 49-2020, conocida como “Ley para establecer la línea de emergencia para casos de violencia doméstica 0-0-0”; para enmendar el Artículo 2A de la Ley Núm. 259 de 3 de abril de 1946, según enmendada; enmendar los incisos 8 (iv) y 10 (i), del Artículo 2 de la Ley 266-2004, según enmendada; enmendar el Artículo 2.04 b (35) y (63) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; enmendar la Ley 83-2019, conocida como “Ley de Licencia Especial para Empleados con Situaciones de Violencia Doméstica o de Género, Maltrato de Menores, Hostigamiento Sexual en el Empleo, Agresión Sexual, Actos Lascivos o de Acecho en su Modalidad Grave”; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa propone la creación del 'Código Integral para la Prevención, Intervención y Atención contra la Violencia Doméstica en Puerto Rico'. Este código agrupa y sistematiza todas las políticas públicas existentes, deroga múltiples leyes previas sobre violencia doméstica (incluyendo la Ley 54 de 1989 y la Ley 420 de 2000), y enmienda otras leyes relacionadas con educación, licencias especiales y seguridad pública. Su objetivo es fortalecer los remedios para víctimas, ofrecer alternativas para ofensores y mejorar las estrategias de prevención, afectando a todas las personas residentes en Puerto Rico y a las agencias gubernamentales involucradas en la respuesta a la violencia doméstica.
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