Para eliminar los Artículos 222, 223, 224, 225 y 226 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, con el fin de prescindir del Registro de Personas Jurídicas allí establecido y del requisito de inscripción registral como condición previa para que las corporaciones, compañías, sociedades, sociedades especiales, fundaciones y otras asociaciones de personas de interés particular obtuvieran personalidad jurídica propia y distinta de sus constituyentes; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida legislativa los Artículos 222, 223, 224, 225 y 226 de la Ley 55-2020, conocida como el Código Civil de Puerto Rico. Al hacerlo, elimina el Registro de Personas Jurídicas y el requisito de inscripción registral como condición previa para que corporaciones, compañías, sociedades, fundaciones y otras asociaciones obtengan personalidad jurídica propia y distinta de sus constituyentes. La medida busca preservar derechos adquiridos, asegurar la continuidad jurídica y establecer la transferencia administrativa de entidades al Registro de Corporaciones existente.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 26 de mayo de 2026 y enviada a la Cámara de Representantes para su consideración.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 1 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (18)
En contra (8)
Ausente (2)
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.