Qué propone
La medida la Ley 171-2014 para renombrar el 'Programa de Desarrollo Laboral' como 'Conexión Laboral', actualizar sus disposiciones para alinearlas con la Ley Federal de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA) en lugar de la anterior Ley WIA, y reconfigurar la 'Junta Estatal de Inversión en la Fuerza' a 'Junta Estatal de Desarrollo Laboral'. Afecta principalmente al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), a los beneficiarios de programas de desarrollo laboral, y a los miembros de la Junta Estatal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida, el P. del S. 209, fue el 10 de abril de 2025, por la Cámara el 18 de mayo de 2026, y se convirtió en Ley 106-2026 el 10 de junio de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de junio de 2026
Ley 106-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
En contra (2)
A favor (24)
En contra (2)
Ausente (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 9, añadir unos nuevos Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, y renumerar los actuales Artículos del 13 al 35, como los Artículos del 20 al 42, respectivamente, en la Ley 171-2014, según enmendada, mediante la cual, entre otras cosas, se establece el Programa de Desarrollo de la Juventud, como parte integral de la estructura del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a los fines de consolidar en dicha Ley, aquellos otros deberes y funciones, que le fueran conferidas mediante diversas leyes adicionales; hacer correcciones técnicas, en consideración al estado de derecho que rige actualmente; derogar la Ley Núm. 22 de 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida corno "Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña", la Ley 35-2003, según enmendada, a través de la cual se conceden préstamos a jóvenes para cursar estudios técnicos y vocacionales o para iniciar un negocio propio, la Ley 418-2004, según enmendada, conocida como "Ley de Cooperación Mutua de Investigación y Estudios sobre la Juventud", la Ley 503-2004, según enmendada, conocida como "Ley para crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)", la Ley 191-2008, según enmendada, conocida como "Guía de Servicios para el Joven", la Ley 1-2010, según enmendada, mediante la cual se crea el "Programa de Internados en Política Pública Carlos Romero Barceló", y la Ley 36-2014, conocida corno "Ley de la Primera Oportunidad de Empleo Juvenil en Puerto Rico"; y para otros fines relacionados. 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña”, la Ley 35-2003, según enmendada, a través de la cual se conceden préstamos a jóvenes para cursar estudios técnicos y vocacionales o para iniciar un negocio propio, la Ley 418-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Cooperación Mutua de Investigación y Estudios sobre la Juventud”, la Ley 503-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)”, la Ley 191-2008, según enmendada, conocida como “Guía de Servicios para el Joven”, la Ley 1-2010, según enmendada, mediante la cual se crea el “Programa de Internados en Política Pública Carlos Romero Barceló”, y la Ley 36-2014, conocida como “Ley de la Primera Oportunidad de Empleo Juvenil en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida PS 337 enmienda la Ley 171-2014 para consolidar y reorganizar programas y leyes relacionadas con la juventud bajo el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. Específicamente, deroga seis leyes y un programa existente para integrarlos en la Ley 171-2014, creando nuevos artículos (13 al 19) y renumerando los existentes. Esto afecta a jóvenes que actualmente se benefician de programas como la Medalla de la Juventud, préstamos para estudios o negocios, guías de servicios, internados en política pública y programas de empleo juvenil.
Para añadir un nuevo Articulo 13 en el Capitulo II, y reenumerar los articulos del 13 al 35, como los articulos del 14 ai 36, respectivamente, en la Ley 171, 2014, según enmendada, la cual se suprime a la ahora extinta Oficina de Asuntos de la Juventud, y crea, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado "Programa de Desarrollo de la Juventud", a los fines de conferirle aI Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de planificar, estrucfurar, diseñar, desarrollar e implantar, en todos los pueblos de Puerto Rico, el establecimiento de "Centros de Servicios Integrados para Jóvenes", en los cuales se les proveerán a las personas, entre las edades de13 a 29 años, programas de estudios, tutorias, capacitación y adiestramiento en el empleo, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos y culturales, consejeria y orientación; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 171-2014 para crear el Programa de Desarrollo de la Juventud, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Este programa, bajo la responsabilidad del Secretario del DDEC, deberá planificar, diseñar e implantar 'Centros de Servicios Integrados para Jóvenes' en todos los municipios. Estos centros ofrecerán servicios de estudios, tutorías, capacitación laboral, vivienda, salud, recreación, cultura, consejería y orientación a jóvenes de 13 a 29 años, y se complementarán con un portal digital de servicios centralizados.
Para crear la "Ley del Comité de Juventud Ahora", adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, con el fin de fomentar la participación activa de la juventud en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas del Gobierno de Puerto Rico que redunden en beneficio de esta población; añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014, según enmendada, conocida como "Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio", para crear el "Comité de Juventud Ahora", establecer sus funciones y atemperar las disposiciones de la Ley 171-2014 a lo dispuesto en esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley del Comité de Juventud Ahora, añadiendo un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014. Este Comité, adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, estará compuesto por seis miembros jóvenes (13-29 años) nombrados por la Gobernadora y un Director del Programa ex officio. Su propósito es integrar la perspectiva juvenil en la formulación, evaluación e implementación de políticas públicas gubernamentales, y asesorar a funcionarios.
Para enmendar el Artículo 3 y el Artículo 4 del Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de 1994, Plan de Reorganización Núm. 4 de 22 de junio de 1994, según enmendado, con el propósito añadir nuevas funciones al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio dirigidas a fortalecer la investigación y el desarrollo tecnológico en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Plan de Reorganización Núm. 4 de 1994 para añadir nuevas funciones al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Específicamente, amplía las responsabilidades del DDEC y de su Secretario para diseñar, coordinar e implementar políticas públicas estratégicas en investigación y desarrollo tecnológico (I+D+i). Incluye la recopilación y publicación de datos sobre I+D+i, la facilitación de alianzas entre gobierno, academia y sector privado, y la promoción internacional de centros financieros y de seguros, además de programas de desarrollo cinematográfico, juvenil y laboral. Afecta directamente al DDEC, su Secretario, y a entidades gubernamentales, académicas y privadas involucradas en I+D+i.
Para crear la “Ley del Comité de Juventud Ahora”, adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, con el fin de fomentar la participación activa de la juventud en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas del Gobierno de Puerto Rico que redunden en beneficio de esta población; añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”, para crear el “Comité de Juventud Ahora”, establecer sus funciones y atemperar las disposiciones de la Ley 171-2014 a lo dispuesto en esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la 'Ley del Comité de Juventud Ahora' mediante la adición de un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014. Este comité, adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, tiene como fin fomentar la participación activa de jóvenes en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas gubernamentales que les beneficien. La medida busca establecer las funciones del comité y ajustar la Ley 171-2014 a estas disposiciones.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.