Qué propone
La medida los Artículos 13 y 15 de la Ley Núm. 75 de 1975, de la Junta de Planificación. Su propósito es integrar formalmente la priorización de la captación, preservación, distribución y uso eficiente del agua en el Plan de Desarrollo Integral de Puerto Rico y en el Programa de Inversiones de Cuatro Años. Esto afecta directamente a la Junta de Planificación en su rol de elaborar y actualizar estos documentos rectores de la planificación territorial y de inversiones públicas.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida busca integrar la gestión del agua en la planificación de la Junta de Planificación, lo que se alinea con el reto histórico de la administración del recurso hídrico que enfrenta la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), caracterizado por problemas de infraestructura, tarifas y pérdidas de agua. La medida busca que la planificación a largo plazo aborde estas deficiencias históricas, que han llevado a racionamientos y aumentos tarifarios.
En qué va
La medida P. del S. 0616 fue el Senado el 8 de mayo de 2025, el 30 de octubre de 2025 con 27 votos a favor y 0 en contra, y posteriormente enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 10 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (27)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 11 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", a los fines de incorporar nuevas funciones relacionadas con la integración de consideraciones de cambio climático y sostenibilidad ambiental en los procesos de planificación, la promoción del uso de tecnologías digitales para mayor transparencia y participación ciudadana en los trámites de zonificación y desarrollo, y el fortalecimiento de la coordinación con los municipios en la elaboración y revisión de planes locales de usos de terrenos; garantizar la alineación con políticas públicas de resiliencia, gobierno electrónico y autonomía municipal; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 959 buscaba enmendar el Artículo 11 de la Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico (Ley 75 de 1975). Su objetivo era integrar formalmente consideraciones de cambio climático y sostenibilidad ambiental en los procesos de planificación, promover el uso de tecnologías digitales para aumentar la transparencia y participación ciudadana en trámites de zonificación y desarrollo, y fortalecer la coordinación entre la Junta y los municipios en la elaboración de planes locales de uso de terrenos. La medida afectaría directamente a la Junta de Planificación, los municipios y, en general, a los procesos de desarrollo y planificación territorial en Puerto Rico.
Para establecer la “Ley para el Riego de Áreas Verdes No Agrícolas con Aguas Tratadas o de Lluvia en Casos de Emergencia”, a los fines de requerir que, en casos de emergencia así decretadas por el gobernador de Puerto Rico o el presidente de los Estados Unidos de América, el riego de áreas verdes no agrícolas se lleve a cabo con aguas tratadas o de lluvia; ordenar el diseño de un plan conjunto para eliminar los sistemas de riego de áreas verdes no agrícolas con agua potable proveniente del Gobierno del Estado Libre Asociado; establecer períodos de cumplimiento sobre estos mandatos, ordenar su reglamentación por parte de las agencias reguladoras; y para otros fines relacionados.
Ausente (1)
La medida busca crear la "Ley para el Riego de Áreas Verdes No Agrícolas con Aguas Tratadas o de Lluvia en Casos de Emergencia". Establece que, en emergencias decretadas por el Gobernador o el Presidente de EE.UU., el riego de áreas verdes no agrícolas deberá usar agua tratada o de lluvia. Ordena el diseño de un plan para eliminar el uso de agua potable del Gobierno para este fin, con periodos de cumplimiento y reglamentación por agencias. Afecta a propietarios de áreas verdes no agrícolas y a agencias gubernamentales responsables de la gestión del agua y el ambiente.
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